Tras múltiples filtraciones en casos penales -caso Audio, caso Monsalve, caso Convenios, entre otros- el fiscal nacional Ángel Valencia presentó un oficio dirigido al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo, en el que expone diversas medidas adoptadas para garantizar la seguridad de la información en investigaciones penales. Estas acciones buscan prevenir accesos indebidos y resguardar la confidencialidad en el proceso penal.
“La necesidad de resguardar adecuadamente la información de las investigaciones penales ha sido un tema de interés y debate desde los inicios del nuevo sistema procesal penal”, señaló Valencia en el documento.
El Fiscal Nacional informó las acciones detalladas en una instrucción general del pasado 16 de octubre de 2024, mediante el Oficio FN Nº 983/2024. Este instructivo establece criterios claros para el manejo de información en investigaciones complejas, regulando aspectos como el otorgamiento de copias; solicitud de diligencias; y registro de información personal de interés investigativo.
“El adecuado manejo de la información personal es fundamental para garantizar tanto la eficacia de la persecución del delito como la protección de los derechos fundamentales”, destacó el Fiscal.
La instrucción general contempla que las solicitudes de acceso a la carpeta investigativa deberán ser justificadas y enviadas al correo institucional. Además, la vista de la carpeta se programará en un día y horario definido, previa evaluación.
Asimismo, Valencia enfatizó que la Fiscalía debe garantizar que al compartir información con intervinientes o terceros autorizados, no se vulneren derechos fundamentales, como las garantías de las víctimas y el derecho a la defensa.
“El caso Monsalve y otras situaciones recientes han servido de ejemplo para reforzar los controles internos”, afirmó Valencia, refiriéndose a episodios de filtraciones en casos de alto impacto.
Fiscal Nacional revela indagatorias por accesos indebidos a causas penales
Sobre posibles filtraciones o accesos indebidos a los sistemas informáticos, Valencia informó que se han iniciado investigaciones penales y administrativas para determinar responsabilidades. “Se han nombrado fiscales regionales a cargo de estas causas”, aseguró.
En cuanto a las medidas tecnológicas, el Ministerio Público implementó sistemas de trazabilidad para archivos relacionados con investigaciones penales.
Según Valencia, “estas herramientas permiten controlar quién accede, modifica o copia contenido sensible”.
Protección de datos en estaciones de trabajo del Ministerio Público
Adicionalmente, desde el segundo semestre de 2024, se habilitó un software de protección de datos en todas las estaciones de trabajo del Ministerio Público. Este sistema, conocido como DLP, permite registrar el uso de archivos sensibles en los computadores institucionales.
El Fiscal Nacional también destacó la implementación de un sistema de autenticación de doble factor para accesos remotos mediante VPN. Esta medida incluye el envío de claves de un solo uso a dispositivos móviles de los usuarios autorizados.
En el oficio, el Fiscal Nacional comparó el sistema chileno con prácticas internacionales, destacando que los modelos de Common Law, como los de Estados Unidos e Inglaterra, aplican restricciones estrictas al acceso de información sensible para proteger investigaciones activas.
Así las cosas, Valencia también propuso medidas para fortalecer la confidencialidad en el contexto chileno, entre ellas, la modificación del artículo 260 del Código Procesal Penal para restringir la entrega de antecedentes sensibles bajo autorización judicial.
“Debemos aprender de estas experiencias para adaptar nuestro sistema y fortalecer la seguridad de las investigaciones penales”, subrayó.
Del mismo modo, el jefe del Ministerio Público sugirió reforzar penalmente el carácter secreto de las actuaciones investigativas y establecer criterios claros para diferenciar qué información puede ser compartida sin comprometer la integridad de las pesquisas.
De acuerdo con el oficio, estas medidas buscan equilibrar el derecho a la defensa con la confidencialidad necesaria para proteger a víctimas y testigos.