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La defensa del exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, ha desistido del recurso de amparo presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, luego de que se rechazara el recurso de apelación que buscaba cambiar su arresto domiciliario total en el anexo Capitán Yáber por prisión preventiva en la cárcel de Rancagua. Monsalve se encuentra recluido por acusaciones de violación, y a pesar de las amenazas recibidas en prisión, la defensa no continuará con la tramitación del recurso. Se argumentaba falta de seguridad por parte de Gendarmería y se solicitaba el arresto domiciliario total, lo que no prosperará.

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La defensa del exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, desistió del recurso de amparo que presentó la semana pasada ante la Corte Apelaciones de Santiago, según confirmaron fuentes de Radio Bío Bío.

Si bien la decisión aún no se ha aclarado, lo cierto es que el desistimiento se conoce luego que la Novena Sala del tribunal de alzada capitalino rechazara el recurso de apelación que buscaba dejarlo con arresto domiciliario total.

Recordemos que Monsalve se encuentra recluido en prisión preventiva en el anexo Capitán Yáber, acusado de violación en contra de una funcionaria de la Subsecretaría del Interior.

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Cabe destacar que tras la audiencia, la defensa de Monsalve señaló que iban a insistir con la tramitación de este recurso de amparo, algo que evidentemente no se concretará.

La acción legal buscaba que Monsalve fuera trasladado desde la cárcel de Rancagua, donde fue derivado en una primera instancia, al anexo Capitán Yáver. Pero además, el recuso pedía modificar la cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total.

Esto último, luego de acusar problemas de seguridad en medio de amenazas que habría recibido el exsubsecretario mientras estaba recluido en el centro penitenciario de Rancagua.

El escrito acusaba que los funcionarios de Gendarmería “han demostrado no estar en condiciones de brindar seguridad individual al amparado”.

En ese sentido, pedían que la Corte de Apelaciones “ordene de manera perentoria e inmediata, que el amparado no cumpla dicha medida en un recinto carcelario, sino que derechamente en su casa, como lo autoriza expresamente la Constitución Política”.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)