VER RESUMEN

Resumen automático generado con Inteligencia Artificial

El Gobierno enfrenta críticas por no activar la Ley Karin en el Caso Monsalve, ya que no suspendieron al acusado ni brindaron asistencia a la presunta víctima, argumentando que la denuncia se canalizó por el Ministerio Público. La implementación del protocolo en la Subsecretaría del Interior estaba pendiente hasta el 19 de noviembre, pese a que la Contraloría fijó como plazo el 1 de septiembre. El Ministerio del Interior defendió su actuación, señalando que se ordenó un sumario administrativo y recomendando a la víctima recurrir a la Mutual de Seguridad para asistencia psicológica, asegurando que todas las medidas se han orientado al cumplimiento de la ley y la protección de la víctima. La Ley Karin, que busca prevenir y sancionar el acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, establece la obligación de los empleadores de implementar protocolos de prevención y procedimientos para abordar estas conductas, en línea con los compromisos de la OIT.

Desarrollado por BioBioChile

Una de las tantas críticas que ha enfrentado el Gobierno luego que estallara el Caso Monsalve, ha sido que no se activara el protocolo que incluye la Ley Karin.

La legislación, que entró en vigencia el 1 de agosto pasado, establece la obligación del empleador, en este caso el Gobierno, de suspender de sus funciones al acusado y proporcionar asistencia inmediata a la presunta víctima.

Al respecto, desde el Ministerio del Interior explicaron que en este caso no se aplicó la Ley Karin, debido a que la denuncia se canalizó a través del Ministerio Público.

“No existió ninguna denuncia presentada a través de canales gubernamentales, solo la interpuesta ante el Ministerio Público”, señaló la cartera en una declaración pública.

Y si bien diario La Segunda, publicó que aún faltaba un trámite para terminar con su implementación cuando se conoció el caso -el 17 de octubre-, desde la Subsecretaría del Interior desmintieron esta información.

De acuerdo al vespertino, recién hace dos días -el 19 de noviembre pasado- el nuevo subsecretario del Interior, Luis Cordero, habría completado la tramitación de los protocolos a través del decreto “Aprueba Manual de Procedimientos disciplinarios de la Subsecretaría del Interior”.

Recordemos que la Contraloría General de la República había puesto como plazo final tener realizado el trámite a más tardar el 1 de septiembre.

Al respecto, desde la Subsecretaría del Interior explicaron que “el manual que se aprobó hace dos días es uno que era parte de nuestras metas de gestión definidas el año pasado, y tiene solo por utilidad servir de apoyo a quienes tienen que llevar sumarios e investigaciones sumarias”.

En ese sentido, señalaron que la repartición trabajó con las subsecretarías y servicios un procedimiento marco, el cual fue totalmente tramitado el 1 de agosto bajo la resolución exenta N° 3839 del 31 de julio, que aprobaba el nuevo procedimiento VALS firmado por la ministra Carolina Tohá Morales.

Asimismo, bajo la Resolución Exenta DGP 1043 de fecha 29 de julio de 2024 y totalmente tramitada el 31 de julio de 2024, se aprobó el Protocolo de Prevención del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo para la Subsecretaría del Interior y el Servicio de Gobierno interior, difundido internamente.

Mientras, desde el gremio de los funcionarios aclararon a BioBioChile que los protocolos relacionados con la implementación de la Ley Karin estaban operativos en la Subsecretaría del Interior en la fecha estipulada por la ley.

Ley Karin

La Ley Karin (21.643), que entra en vigencia el 1 de agosto próximo, modifica varios cuerpos legales, incluido el Código del Trabajo, para fortalecer la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.

Establece que las relaciones laborales deben ser libres de violencia y con respeto a la dignidad de las personas. Define conductas inaceptables como el acoso sexual y laboral, y exige a los empleadores implementar protocolos de prevención y procedimientos claros para abordar estas conductas.

Así mismo, la norma ayuda a que el Estado de Chile se adecúe a los compromisos adquiridos con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el Convenio 190 sobre eliminación de la violencia y el acoso laboral.

N. de la R.

Luego de la publicación de esta nota, desde la Subsecretaría del Interior afirmaron que la información citada en este texto periodístico a La Segunda “no es efectiva, adjuntando además el documento del “Procedimiento Marco de Investigación y Sanción del Acoso Laboral, Sexual y Violencia en el Trabajo. Resolución Exenta N°3.839”, aprobado el 31 de julio de 2024 y visado por la Oficina de Parte de la Subsecretaría del Interior el 1 de agosto, información que fue incluida en esta nota, posterior a su publicación.