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La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó con 128 votos a favor y enviaron al Presidente de la República para su promulgación el proyecto que regula los funerales de alto riesgo, los cuales estarán relacionados con crimen organizado o narcotráfico. La futura ley establece plazos y condiciones para inhumaciones y cremaciones, con el delegado presidencial calificando previamente el riesgo. Carabineros podrá determinar niveles de riesgo y resguardar la seguridad durante el proceso funerario, con penas de presidio menor en su grado medio y multas para quienes incumplan las restricciones.

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Con 128 votos a favor, ninguno en contra y dos abstenciones, la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que regula los funerales de alto riesgo. Con esto, la iniciativa fue aprobada y enviada al Presidente de la República para su promulgación.

La futura ley establecerá un plazo y condiciones para la inhumación o entierro respecto a funerales que -fundadamente- se presuman de riesgo. Entre estos, aquellos que tengan relación con crimen organizado o narcotráfico. De esta forma, se busca resguardar la seguridad y el orden público.

El delegado presidencial será el encargado de calificar previamente el funeral, considerando el reglamento que la propia normativa. En ese sentido, la autoridad ordenará en el más breve plazo posible que la inhumación o cremación se realice dentro de las 24 horas desde su notificación.

Sin perjuicio de la calificación de riesgo realizada, Carabineros podrá calificar los funerales en los niveles de riesgo que considere necesarios para los efectos estratégicos y operativos que estime pertinentes.

Plazos y delitos en el entierro

La iniciativa dispone que en un plazo de 24 horas se debe realizar la totalidad del proceso funerario. Eso comprende la inscripción de defunción en el Registro Civil, la identificación, y el traslado del fallecido desde el lugar del deceso o desde el Servicio Médico Legal hasta donde se realizará la sepultación o cremación.

Además, la inhumación deberá realizarse dentro de un cementerio o crematorio autorizado por el Código Sanitario.

Carabineros podrá determinar el trayecto del traslado del fallecido y deberá resguardar la seguridad durante todo el proceso funerario. A su vez, podrá controlar la identidad de sus participantes e impedir el ingreso de elementos que pudieren causar lesiones o daños. Igualmente, impedir el ingreso de personas bajo influencia del alcohol o drogas.

Finalmente, respecto a delitos que se produzcan en el marco de estos funerales, se establece que las penas aplicables excluirán el grado mínimo. Y quienes incumplan las restricciones impuestas, recibirán penas de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años y un día) así como una multa de 10 a 20 UTM.