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La defensa del exsubsecretario Manuel Monsalve solicitó la inhabilitación del juez Ponciano Sallés durante la audiencia de cautela de garantía en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, liderada por el abogado Cristian Arias. La petición se relaciona con la incautación de un tercer celular encontrado por la PDI en el domicilio del acusado, que no estaba en el radar de la Fiscalía Centro Norte. El teléfono está en custodia del tribunal, ya que el Ministerio Público decidió no realizar pericias debido a cuestionamientos sobre su legalidad. La defensa alega que la discusión sobre la legalidad de la orden ya fue zanjada por el magistrado, por lo que plantear nuevamente este tema perdería lógica en los términos de la causal de inhabilidad solicitada.

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Esta mañana de miércoles, la defensa del exsubsecretario Manuel Monsalve solicitó que el juez Ponciano Sallés, quien lidera la audiencia de cautela de garantía, se inhabilite.

En concreto, la solicitud fue por parte del abogado Cristian Arias, en el marco de la audiencia que se realiza en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.

En la instancia, Arias comenzó diciendo “vamos a solicitar, con mucho respeto, por supuesto, la inhabilidad del magistrado”. Lo anterior, vinculado a la incautación de un cuarto celular.

El primer dispositivo fue entregado -voluntariamente- por la exautoridad el pasado 15 de octubre, y luego devuelto. El segundo fue incautado el viernes 18 de octubre: a un día de la renuncia de Monsalve al gobierno.

Finalmente, el tercero y en cuestión, fue encontrado por la PDI en el domicilio. Este celular, no estaba en el radar de la Fiscalía Centro Norte.

¿Dónde está ese teléfono? En custodia del tribunal, pues el Ministerio Público decidió no realizar las pericias. Esto, luego que la defensa de Monsalve cuestionara la legalidad de la incautación de dicho aparato móvil.

Sobre eso, el abogado Arias dijo que “hay dos cuestiones que se discuten en el 220, expresamente señaladas en la ley, la legalidad de la orden y la posibilidad de que exista, en el aparato que hoy tiene el tribunal, alguno de los supuestos señalados en la norma”.

“Respecto de lo primero, en la última parte de la resolución respecto de la cautela de garantía, el magistrado precisamente a lo que se refirió fue a la legalidad de la orden (…) entonces entiendo que esa discusión ya está zanjada por el magistrado”, agregó.

Esto, a su juicio, “no tiene sentido, y pierde lógica, la posibilidad de volver a plantearla porque, en los términos de la causal de inhabilidad (…) ya hubo pronunciamiento”.