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Senado aprueba AC contra Muñoz: es el segundo supremo destituido tras retorno a la democracia

16 octubre 2024 | 18:17

El Senado aprobó la acusación constitucional contra el ministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, por notable abandono de deberes.

A raíz de esto, el juez será destituido de su cargo y no podrá desempeñarse en cargos públicos por un período de cinco años.

Cabe mencionar que es el segundo ministro de la Corte Suprema en ser destituido por el Senado, desde el retorno a la democracia. En 1992, el juez Hernán Cereceda, fue sacado de su cargo por notable abandono de deberes.

La acusación constitucional contaba con dos capítulos, los cuales se votaron por separado. El primero obtuvo 27 votos a favor y 21 en contra, mientras que el segundo capítulo contó con 25 votos a favor y 23 en contra.

El libelo acusatorio contra Muñoz era a raíz de la polémica protagonizada por su hija, Graciel Muñoz Tapia, jueza titular del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, quien habría desistido un negocio inmobiliario tras ser alertada por su padre, por una causa judicial que resolvió la Corte Suprema.

Senado aprueba AC contra ministro Muñoz

La acusación del ministro se fundó en dos capítulos, los cuales se votaron por separado.

– Capítulo 1: Causal notable abandono de sus deberes al anticipar un fallo que produciría efectos patrimoniales importantes respecto de su hija y no manifestar la inhabilidad en una causa con interés patrimonial.

– Capítulo 2: Causal notable abandono de sus deberes al no ejercer funciones correccionales y denunciar la falta de su hija, quien desempeñó su función judicial fuera del territorio jurisdiccional.

El presidente del Senado, José García Ruminot (RN), manifestó que “en consecuencia, por haberse alcanzado el quorum requerido de la mayoría absoluta de los senadores y senadoras en ejercicio, en ambos capítulos, queda aprobada la acusación constitucional presentada en contra del ministro de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, don Sergio Muñoz Gajardo, para todos los efectos constitucionales legales y reglamentarios a que haya lugar”.