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La contralora general de la República (s), Dorothy Pérez, anunció nuevos criterios para el uso de redes sociales en el sector público, enfatizando la necesidad de su uso solo cuando sea imprescindible y no con propósitos propagandísticos. Estas medidas buscan garantizar que las redes sociales de instituciones y personas con cargos públicos se gestionen de manera responsable y no tendenciosa, con el objetivo de informar a la comunidad sin generar confusiones. Entre los nuevos requisitos destaca la prohibición de que funcionarios divulguen información antes de su publicación oficial por parte del servicio, así como la restricción de vincular cuentas institucionales con las personales de autoridades o funcionarios, evitando el uso de bienes públicos para promover canales de comunicación personal. Además, se establece que los bloqueos en redes sociales estarán prohibidos en cuentas institucionales, pero no se emite un pronunciamiento sobre su aplicación en cuentas personales.

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La contralora general de la República (s), Dorothy Pérez, anunció una serie de nuevos criterios para el uso de redes sociales al interior del sector público. En ese sentido, recalcó la importancia de utilizar estas plataformas solo cuando resulte necesario, sin abusar de ellas para fines propagandísticos.

Ad portas de las elecciones municipales y regionales de octubre, los nuevos requerimientos buscan que las redes sociales de instituciones o personas que usan un cargo público sean manejadas de forma responsable y no tendenciosa. Para así, informar y no confundir a la comunidad.

Nuevos criterios

Según información de Diario Financiero, dentro de los nuevos criterios destaca un cambio radical en el uso de cuentas personales de autoridades. Este, apunta a que desde ahora ningún funcionario se encuentra autorizado para entregar información de forma previa a que esta se publique por el propio servicio. Además, tampoco podrán difundir información únicamente a través de una cuenta privada.

De esta forma, las autoridades solo podrán replicar publicaciones realizadas por el propio organismo a través de cuentas institucionales.

Otro punto que va en la misma línea, es la prohibición de los vínculos de las cuentas institucionales con las personales de autoridades o funcionarios. Esto no se podrá realizar desde ahora, ya que “implica utilizar aquellos bienes públicos para difundir o potenciar aquellas vías personales de comunicación de dichos personeros”.

En concreto, por ejemplo, con este criterio ya no se podrá tener linkeado el perfil del alcalde en la red social del propio municipio.

Finalmente, Contraloría también propuso un criterio respecto a los bloqueos de redes sociales. Sobre ello, concluyó que en las cuentas institucionales estos estarán prohibidos, pero en las personales, “no procede emitir un pronunciamiento acerca de su mantención o de la posibilidad de bloquear cuentas”.