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El abogado Fernando Cárdenas Castillo ha interpuesto tres recursos de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago contra ENEL Distribución Chile S.A. y los ministros de Energía y Hacienda, argumentando que las alzas en las tarifas eléctricas son ilegales y arbitrarias, perjudicando a consumidores que no fueron informados sobre la deuda. Aunque la Corte podría no acoger los recursos, estos han avivado el debate sobre el aumento de la luz. Cárdenas sostiene que las alzas son actos ilegales y arbitrarios, vulnerando los derechos de los consumidores, y señala que el cobro de una deuda indeterminada afecta el derecho de propiedad. Por otro lado, se discute el impacto del precio diferenciado por comuna en las tarifas eléctricas, con especialistas explicando que la distribución de la energía varía según la zona, generando preocupación entre los chilenos. Aunque la viabilidad de los recursos presentados es incierta, el debate sobre la judicialización de este tema continúa entre los abogados.

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Fernando Cárdenas Castillo, abogado, ha presentado tres recursos de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago contra ENEL Distribución Chile S.A. y los ministros de Energía y Hacienda. Argumenta que las alzas en las tarifas eléctricas son ilegales y arbitrarias, afectando a consumidores a los cuales nunca se les informó sobre la deuda. De todas formas, el recurso podría no ser acogido a trámite por la Corte, pero alimenta el debate sobre el alza de la luz.

El reciente incremento en las tarifas eléctricas ha generado gran controversia y preocupación entre los clientes. Aumento que ha ido moviendo la aguja a nivel judicial, similar escenario al vivido cuando se inició la judicialización para detener el aumento de las isapres, es decir, que el tema termine saltando definitivamente a los tribunales.

Al revisar el sistema, respecto a este punto, aparecen tres recursos de protección presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago en la última semana. Los escritos son patrocinados por el abogado Fernando Cárdenas Castillo, y buscan frenar el alza anunciada por las autoridades apuntando a un acto ilegal y arbitrario, pero a la vez advierte que se estarían frente a derechos vulnerados, amenazados y/o perturbados.

En uno de los documentos – que tiene 7 páginas –, Cárdenas Castillo representa a su padre Fernando Cárdenas Espinoza, jubilado, y de quien se expresa que se sintió vulnerado, ya que nunca se le informó o explicó sobre la deuda contraída por el Gobierno, y que pagarán los clientes.

Agrega que fue por la prensa que tomó conocimiento de lo que podían arriesgar, lo que en ese momento se valorizaba en un 57% de alza sobre el monto que ya pagan mes a mes a la eléctrica italiana.

Fundamentos

Según los datos expuestos, el jubilado se enteró mediante una noticia que, a partir del 1 de julio de 2024, la boleta de pago de electricidad podría aumentar hasta un 57% tras el descongelamiento de las tarifas. El abogado sostiene que nunca fueron informados por el acreedor sobre la deuda, su monto, ni el tiempo que tiene esta.

El abogado afirma en el documento: “No se le comunica cuánto debe efectivamente; además, se le convierte en deudor solidario de una deuda eléctrica que es absolutamente personal, cuenta que se encuentra pagada en su totalidad. Según estos antecedentes, don Fernando Cárdenas Espinoza debe una cantidad de dinero indeterminada, es solidariamente deudor de una cantidad indeterminada por un consumo eléctrico indeterminado”.

Añade que “se le obligará a pagar un porcentaje indeterminado y variable de su cuenta eléctrica. ENEL Distribución Chile S.A. tiene además la facultad, sin mediar otra acción que la de no pagar, de suspender el servicio eléctrico a manera de coerción para obligarlo a pagar dicha cuenta de la cual no sabe su monto. Según nuestra legislación, es una deuda solidaria, ya que se ha expresado que todos aquellos que son usuarios del servicio eléctrico deben en conjunto un monto aproximado de 1.350 millones de dólares”.

Ilegalidad

Cárdenas Castillo agregó, que Enel Distribución Chile S.A., “en forma ilegal y arbitraria le cobrará a mi representado un monto de dinero que no cumple, con la obligación legal de identificar la deuda, que esta sea líquida y actualmente exigible”.

Sobre el acto de obligación a adscribir el servicio, ya que no existe otro, el abogado sostiene que “sin mediar aceptación del recurrente la solidaridad en la deuda y dado el carácter del servicio que presta la recurrida, no puede optar por otro proveedor quedando indefenso ante la acción de esta”, haciendo hincapié en un punto que también ha estado en el debate público.

Perturbados

El recurso está basado, según el mismo escrito, en la vulneración que se incluye en el artículo 19 N° 24 de la Constitución, que protege el derecho de propiedad en todas sus formas. Al pagar el servicio eléctrico a ENEL Distribución Chile S.A., el consumidor, explicó el abogado, adquiere derechos sobre el suministro continuo de electricidad. Sin embargo, el cobro de una deuda indeterminada afecta negativamente este derecho, ya que se trata de un acto ilegal y arbitrario que implica una pérdida real de patrimonio para el consumidor.

Este cobro indebido perturba el ejercicio legítimo del derecho de propiedad, ya que la deuda no está claramente definida y el consumidor no ha aceptado la responsabilidad solidaria impuesta. Además, la acción coercitiva de la empresa, sin una resolución legal, agrava la situación. Esta conducta unilateral e injustificada perjudica el patrimonio del recurrente y su familia, violando así sus garantías constitucionales.

Precio por comuna

Parte del debate se ha centrado en el precio diferenciado según la comuna de residencia, que los chilenos tendrán que pagar. Los especialistas explican que la generación representa casi el 70% de la cuenta de la luz, la transmisión cerca del 10%, y la distribución aproximadamente el 20% del valor final.

Estos tres factores varían según la zona. Por ejemplo, la distribución de la energía eléctrica es mayor en comunas del sur del país debido a los extensos recorridos que deben cubrir las líneas y la asistencia técnica necesaria.

Según Javier Piedra, ingeniero civil mecánico de la Universidad de Concepción, hasta el 30 de junio “el costo del KWH en Santiago era $130”. Sin embargo, en la comuna de Hualpén, en la región del Bío Bío, el precio es de $160, y en Valdivia, región de Los Ríos, el costo es de $180.

De acuerdo a cifras del Ministerio de Energía, el promedio nacional del gasto de una vivienda es de 8.083 kWh/año. Guiándose por esta cifra, la diferencia entre lo pagado entre Santiago y Los Ríos, sería de $1.050.790.

El Ministerio ha indicado que en la Región Metropolitana, el aumento sería escalonado: 13% para hogares pequeños que consumen menos de 350 KWH, 43% para aquellos que consumen entre 350 y 500 KWH, 35% para hogares grandes que consumen más de 500 KWH, y 36% para industrias o comercios que consumen más de 1000 KWH.

Futuro del recurso

Sin embargo, y pese a que el fantasma de lo que ocurrió con las isapres da vueltas, la verdad es que entre abogados se ve complejo que sea acogido a trámite.

De hecho, el mismo abogado presentó hace unos días un recurso similar, pero a nombre de Claudia Parga Ríos, recursos que no fue aceptado a trámite por la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo cual todo lo expuesto podría correr la misma suerte.

Pese a esto, el tema es de análisis entre abogados sobre los alcances que podría llegar a tener si es que la justicia se inmiscuye en esta polémica.