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La Corte Suprema aprobó la petición de extradición de Frances Mary Shannon, ciudadana irlandesa que participó en la fuga del del FPMR desde la Cárcel de Alta Seguridad en 1996. La detención se llevó a cabo en Croacia el 15 de mayo. Al no existir un Tratado de Extradición entre Chile y Croacia, se busca aplicar los Principios Generales del Derecho Internacional para la solicitud. Shannon enfrenta cargos por asociación ilícita terrorista, secuestro terrorista y colaboración en la fuga, y cumplirá con los requisitos para su entrega a las autoridades chilenas.

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Este martes, la Corte Suprema declaró procedente solicitar -a Croacia- la extradición de la ciudadana irlandesa Frances Mary Shannon, quien participó con el Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) en la fuga desde la Cárcel de Alta Seguridad.

Según consignó Interferencia, la detención se concretó el pasado 15 de mayo en el aeropuerto de Dubrovnik, en Zagreb. Lo anterior, tras una orden de captura internacional en su contra.

Recordemos que la irlandesa fue procesada en Chile como autora de los delitos de asociación ilícita terrorista, secuestro en carácter terrorista y colaboración a la fuga. El hecho ocurrió el 30 de diciembre de 1996.

Ahora, en un fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal consideró que en este caso se cumple con los requisitos del derecho internacional para solicitar la extradición. Además, la acción penal no está prescrita.

“Entre Chile y Croacia no existe Tratado de Extradición por lo que es preciso recurrir a los Principios Generales del Derecho Internacional, como lo preceptúa el artículo 637 del Código de Procedimiento Penal”, dice el fallo.

Los requisitos son:

a) que se trate de un hecho que revista caracteres de un delito tanto en la legislación del país requirente como en la del país requerido.

b) que el delito tenga asignada una pena privativa de libertad de un año como mínimo.

c) que se trate de un delito actualmente perseguible en términos de existir decreto de aprehensión o prisión pendiente.

d) que la acción penal o la pena no se encuentren prescritas.

e) que el Estado requirente tenga jurisdicción para juzgar el hecho.

f) que no se refiera a un delito político o conexo con alguno de estos.

Por tanto, se resolvió que “se declara que es procedente solicitar al Gobierno de Croacia la extradición de la ciudadana irlandesa Frances Mary Shannon”.