La Superintendencia de Salud emitió este viernes una circular para que las isapres comiencen la implementación de la ley corta.
Cabe recordar que esta iniciativa, despachada por el Congreso el pasado 13 de mayo, logró un método para que las aseguradoras devuelvan los montos cobrados en exceso por la aplicación de diferentes tablas de factores.
Según el documento, las isapres deberán presentan un plan en el plazo de un mes —prorrogable por otro— para especificar cómo devolverán el dinero a cada afiliado. Este deberá incluir la reducción de costos y determinar una prima extraordinaria para el cumplimiento de los contratos de salud.
Asimismo, tendrán que detallar el número de contratos afectos a devolución, los montos que deberán entregar a cada persona afiliada —expresados en UF—, el plazo máximo para concretas esta acción y las modalidades de restitución.
Cabe recordar que la ley corta estableció un plazo máximo de 13 años para que las isapres devuelvan los dineros cobrados en exceso. Sin embargo, si los afiliados tienen entre 65 y 80 años, este período será de 60 meses. Ahora, si los afectados tienen sobre 80 años, la restitución no podrá superar los 24 meses.
Por otra parte, la circular sostiene que la deuda deberá pagarse mensualmente a través de una cuenta corriente, la que de abrirá en favor de cada cotizante o excotizante que haya sido afectado.
Esta cuenta no podrá ser cerrada hasta que la aseguradora correspondiente pague el total de la deuda. Tampoco tendrá gastos de mantención y el fondo acumulado en ella será reajustado de acuerdo a la variación del IPC.