ARCHIVO | Agencia UNO

Suprema respalda fallo de justicia militar y no amplía procesamiento de Cheyre a $2 mil millones

17 mayo 2024 | 15:15

La Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte Marcial, que rechazó ampliar el procesamiento del excomandante en jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, de $130 millones a $2 mil millones.

Recordemos que en septiembre del año pasado la ministra en visita Ana María Osorio Astorga notificó al general en retiro la ampliación del procesamiento dictado en su contra en el denominado caso fraude en el Ejército, por la exministra en visita Romy Rutherford.

Según publica Poder Judicial, la ampliación del procesamiento, dictada el 24 de octubre de 2022, dejaba a Juan Emilio Cheyre procesado como autor de delito reiterado de malversación de caudales públicos, perpetrado entre marzo de 2002 y marzo de 2006.

En ese sentido, detallan que el perjuicio total provocado al Fisco de Chile ascendía a la época de los hechos la suma de 2 mil millones de pesos ($2.400.00.000), equivalentes a 80.453 UTM, que en la actualidad corresponden a más de 5 mil millones de pesos.

Asimismo, la ministra Rutherford decretó la ampliación del embargo de bienes de Juan Emilio Cheyre por la suma de 5 mil 600 millones de pesos ($5.600.000.000).

No obstante, la Corte Marcial revocó la decisión, señalando que “Juan Emilio Cheyre, no es procesado respecto de la ampliación del auto de procesamiento como autor del delito reiterado de malversación de caudales públicos”.

Según publica La Tercera, tras lo sucedido, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema contra ministros de la Corte Marcial por revocar ampliación del procesamiento.

“Es una sentencia interlocutoria que hace imposible la continuación del juicio respecto del Sr. Cheyre en lo relativo a los hechos que se consignaban en el auto de procesamiento infundadamente revocado”, argumentó el organismo estatal.

No obstante, el máximo tribunal lo declaró inadmisible, señalando que la decisión de la Corte Marcial “no pone término al juicio ni hace imposible su continuación, razón que lleva que el libelo intentado sea declarado inadmisible”.