Por medio de un comunicado público, la Asociación de Radiodifusores de Chile (Archi) rechazó el proyecto de ley que busca establecer un porcentaje mínimo de emisión radial de música folclórica, dentro de la ley que ya obliga a transmitir un 20% de música chilena.
Resulta que este miércoles 24 de abril, el presidente de la asociación, Cristian Galvez Plaza, asistió a la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados, para exponer sobre la opinión del gremio, sobre el proyecto de ley sobre fomento de la música chilena.
Archi rechaza proyecto de ley de música folclórica
Dicho proyecto, “pretende modificar arbitrariamente el porcentaje existente al interior de la Ley vigente de difusión de música chilena”, dijeron desde la ARCHIS.
Según agregaron, la mencionada norma, ya existente desde hace unos años, “impuso a los Radiodifusores Chilenos un 20% de las programaciones musicales de cada radio, en el cual hoy es de un 25%, para llevarlo a un 30% de composiciones o intérpretes de raíces folclóricas y tradición oral”.
“Nuestro presidente, junto con presentar un informe en derecho en el cual se justifican las anomalías constitucionales para implementar dicha modificación, hizo saber el rechazo categórico de los socios de nuestro Gremio con dicho proyecto de Ley”, agregaron.
Por eso, invitaron a los radiodifusores a compartir con los parlamentarios la decisión de no aceptar una intervención a las programaciones musicales, “cualquiera sea el motivo que se pretenda esgrimir”.
“El uso de la programación musical de cada una de nuestras radios es un privilegio de la propiedad que mantenemos sobre nuestras concesiones, mientras se encuentran vigente, y esa libertad no la podemos volver a poner en cuestionamiento”, concluyeron.
Proyecto busca porcentaje mínimo de emisión radial de música folclórica
De acuerdo al Diario Constitucional, “los autores de la moción ponen de relieve que la música folklórica es una parte importante de la cultura de una región o país”. Por eso, al transmitirla en la radio, se promueve su apreciación, conocimiento y respeto.
Como antecedente, exponen que la mencionada Ley 20.810 tuvo similares fundamentos. Esta establece un 20% de música nacional, y de ese 20%, al menos un 25% debe ser composiciones o interpretaciones musicales emergentes (grabadas en los últimos 3 años); o composiciones o interpretaciones de identificación regional o local.
En concreto, el proyecto de ley propone que “otro 25% del porcentaje de música nacional deberá corresponder a música de raíz folklórica”, la que se define en la ley como “aquella música cuyo aprendizaje se realiza de manera directa o empírica, se registra y se transmite por vía oral, escrita o fonográfica, cultiva preferentemente estructuras y formas simples de antigua procedencia, con autores y compositores identificados o anónimos”.