Tras ocho años de investigación, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el fallo de la jueza María Cecilia Morales, del 29° Juzgado Civil de Santiago, que en octubre de 2015 anuló las millonarias multas que impuso la ex Superintendencia de Valores y Seguros al empresario Leonidas Vial y la corredora LarrainVial.
Tanto el particular, como la empresa de valores, junto a otros siete empresarios y empresas fueron culpadas por llevar a cabo un “esquema fraudulento” en el marco del caso Cascadas. Las multas en el caso de la corredora llegaban a las 200 mil UF (7 mil 344 millones aprox.) y en el caso del empresario a 500 mil UF (18 mil 361 millones aprox.)
El caso se remonta al 2 de septiembre de 2014, cuando la Comisión para el Mercado Financiero, CMF (en ese momento Superintendencia de Valores y Seguros) multó a un grupo de empresarios y empresas por articular una maniobra fraudulenta para defraudar al Fisco.
Entre los acusados hace 10 años estaban Julio Ponce Lerou, Aldo Motta Camp, Patricio Contesse Fica, Roberto Guzmán Lyon, Alberto Le Blanc, Leonidas Vial Echeverría, Manuel Bulnes Muzard, Felipe Errázuriz Amenábar y a LarrainVial S.A. Corredora de Bolsa.
En el caso particular de LarrainVial S.A. Corredora de Bolsa y sus ejecutivos, Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz, más el empresario Leonidas Vial, la SVS acreditó que formaron parte del cuestionado esquema de fraude.
Este consistía en diversas operaciones bursátiles con carácter de legalidad -cumplieron formalmente con las exigencias de la Superintendencia-, pero que, en rigor, habrían aparentado las condiciones habilitantes para la realización de dichos movimientos bursátiles.
Pese a los antecedentes que llevaron a la SVS a aplicar las multas, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó lo emitido en octubre de 2015 por la jueza María Morales. Ella consideró que los multados no tenían responsabilidad alguna en el fraude y que las operaciones, en el marco del caso Cascadas, habían sido realizadas en regla.
Según el tribunal, no existió “un mal uso de las operaciones bursátiles, los sistemas de operaciones bursátiles los sistemas de operación bursátiles están aprobados por la SVS y consisten en un software que no se puede alterar, como constató la señora jueza a quo en su inspección personal y donde trató de hacer una operación fuera de precio de mercado que fue rechazada por el sistema”.
“En relación a la imputación de la SVS respecto a que no importa que LarrainVial no haya sabido la intención con que se realizaban estas operaciones, sino que estaba en posición de entender su significado -que éste sería jurídicamente reprochable- y en consecuencia que debía abstenerse de operar, aparece del mérito de los antecedentes recopilados en el proceso, que ninguna de las operaciones cuestionadas fue clandestina”, añade el fallo.
Por otra parte, la Corte de Apelaciones también confirmó la decisión del 23° Juzgado Civil de Santiago, que en 2018 dejó sin efecto la multa al actual director ejecutivo de LarrainVial SPA, Manuel Bulnes, y al hoy gerente de grandes inversionistas de LarrainVial Corredora de Bolsa, Felipe Errázuriz.
Cabe destacar que el fallo de la Corte de Apelaciones fue unánime, y desestimó el estudio del abogado y actual ministro de Justicia, Luis Cordero, que avalaba la pertinencia de las multas que impuso la SVS, así como el recurso de apelación del Consejo de Defensa del Estado (CDE) que intentó anular el fallo dictado por la jueza Morales.
Desde el CDE, por su parte, informaron que se encuentra en estudio del fallo, a fin de resolver si estiman recurrir ante la Corte Suprema.