“La golpeó”, “la intentó asfixiar”, “la atacó con tijeras” o “la mató”, han sido los titulares de noticias relacionadas con femicidios consumados y frustrados, durante las últimas semanas.
Un punto que llama la atención, es que en la mayoría de ellas existía una orden de alejamiento para su pareja, expareja o esposo.
En el artículo 9, letra b, de la Ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar, se establece la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que esta concurra o visite habitualmente. Si ambos trabajan o estudian en el mismo lugar, se oficiará al empleador o director del establecimiento para que adopte las medidas de resguardo necesarias.
Sin embargo, hay muchos casos donde el agresor o asesino simplemente no cumple con esta medida.
Ese fue el caso de Tabita Ester Lizana (31), quien fue asesinada por su expareja a sangre fría de un disparo en la cabeza en plena costanera de Pichilemu, en la región de O’Higgins.
El femicida, Jorge Ruz (38), tenía una causa vigente por violencia intrafamiliar, por lo que estaba con una orden de alejamiento como medida cautelar. No obstante, el pasado 20 de enero del 2024, dio muerte a esta joven madre de dos hijos, uno de 12 y el otro de 14 años.
Importancia de denunciar
En conversación con BioBioChile, la directora del SernamEG de la región del Bío Bío, Lissette Wackerling, dijo que muchas veces nos preguntamos qué pasa con las medidas cautelares, sin embargo, según la autoridad, debemos enfocarnos en cómo fomentar que las mujeres denuncien a tiempo, ya que ahí existe “una barrera importante”.
“Claramente, esas cifras para nosotras son invisibles y no nos permite llegar oportunamente”, comentó Wackerling.
En este sentido, mencionó que SernamEG es “una institución que brinda apoyo, trabaja en materia de prevención y también reacciona cuando estos casos -que no han sido visibilizados- ocurren para poder ofrecer todo el apoyo principalmente psicosocial, tanto a las víctimas directas e indirectas, como a su familia”.
Wackerling menciona que “cuando hay medidas cautelares, claramente las barreras que puede haber ahí, donde nosotras podamos identificar y que se ha abordado incluso en algunos estudios, tienen que ver principalmente con la sensibilidad de las instituciones para poder recibir a las mujeres que puedan alertar alguna situación, de cómo ellas reciben el trato, cómo se les brinda la orientación”, agregando que “claramente son barreras institucionales, principalmente en la línea de la prestación de asistencia jurídica y que pueden ser un obstáculo en el acceso de los recursos judiciales”.
Por otro lado, señaló que siguen avanzando con el trabajo intersectorial para ir “derribando las barreras institucionales”.
“Obviamente, también hay otro tema, por ejemplo, de que los hombres tengan la percepción de impunidad. Los agresores claramente ven que hay una cierta sensación de que puedan cometer un delito y que no les va a pasar nada. Y por otro lado, las mujeres que finalmente, como no han tomado la decisión de recurrir a la justicia o se han encontrado con estas barreras, claramente nos ponen en un escenario donde las mujeres están en una situación de riesgo mayor”, precisó la autoridad.
Femicidios en Chile
Según la legislación chilena (Ley 21.212), el femicidio es el asesinato de una mujer ejecutado por quien es o ha sido su cónyuge o conviviente, o con quien tiene o ha tenido un hijo en común, en razón de tener o haber tenido con ella una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia.
Sumado a esto, también se considera femicidio el asesinato de una mujer en razón de su género cuando la muerte se produzca en alguna de las siguientes circunstancias:
1.-Ser consecuencia de la negativa a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual.
2.-Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución, u otra ocupación u oficio de carácter sexual.
3.-Haberse cometido el delito tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 372bis.
4.-Haberse realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
5.-Haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminación.
Cifras del SernamEG detallan que en 2022, se perpetraron 43 femicidios; mientras que en el 2023 fueron 41. En tanto, hasta el cierre de esta nota, se han registrado 5 femicidios, siendo el último el de Ruby Queipul (37), en San Felipe.
Medidas cautelares
Según la directora del SernamEG Bío Bío, “en los casos en que se indica la medida cautelar, también las policías hoy día, al ser tantas, y tienen que velar también por otros delitos, no alcanzan a cubrir rondas tan periódicas como se necesitan para poder velar por la seguridad al 100%, las 24 horas”.
“Por eso ahí nosotros hacemos -a través de la conexión interna que tenemos de aquellas mujeres que sí logramos pesquisar- sí tenemos la visibilización de su caso, el poder entregar información a Carabineros que permita identificarlas más rápidamente”, indicó Wackerling.
Intervención del SernamEG
En esta línea, la directora del SernamEG comentó que “aquellas mujeres que están, por ejemplo, en una situación de riesgo alto, nosotras podemos vincularnos con Carabineros mediante la información de los números telefónicos de las víctimas, a fin de que puedan dar cierta prioridad a su situación de riesgo y tratar en lo posible de acudir rápidamente”.
Otro punto importante, según Wackerling, es “la entrada en vigencia, a partir del año 2022, de la Ley 21.378, que establece el monitoreo telemático para los casos de violencia intrafamiliar, que claramente son aplicables por los tribunales de Familia y de Garantía. Ahí hay un avance importante”.
Al preguntarle sobre si puede delegar la función de monitorear el cumplimiento de órdenes de alejamiento a funcionarios municipales, Wackerling dijo que “en los municipios donde existe seguridad pública, ellos tienen incorporado la violencia intrafamiliar dentro de los delitos que observan y apoyan, cuando son alertados. Y eso también es una herramienta importante en este trabajo de erradicación de cualquier manifestación de violencia hacia la mujer y que sobre todo las pongan en una situación de riesgo grave o vital”.
“(…) No es que solamente sea el cumplimiento de la medida cautelar la razón por la cual existan estos casos de violencia grave. Tenemos que ser capaces de ver más allá y darnos cuenta de que la promoción de este cambio cultural de todas las instituciones, las instituciones públicas, los distintos poderes del Estado y por supuesto también las personas que podemos ser testigos de situaciones de violencia, tener la información necesaria, contar con los números que nosotros por lo menos tenemos disponibles para información y orientación. Y con eso prestar apoyo oportunamente (…)”, precisó la directora del SernamEG en Bío Bío.
Órdenes de alejamiento
Respecto a este tema, la diputada e integrande de la bancada feminista, Carolina Tello, comentó que “uno de los desafíos más grandes que tenemos como Estado es el reforzar las herramientas de protección a las mujeres víctimas de violencia de género”.
“Hemos visto muchas veces, a pesar de existir denuncias previas, antecedentes, incluso medidas cautelares como órdenes de alejamiento, estas no se cumplen, con consecuencias tan terribles como los femicidios que hemos visto”, precisó la parlamentaria.
A raíz de esto, Tello destaca que las herramientas como “el monitoreo telemático en casos de violencia intrafamiliar son relevantes, por lo cual estamos también trabajando en un proyecto de ley para ampliarlo a los casos de violencia en el pololeo y violencia vicaria. Proyecto de ley que ya despachamos al Senado y también esperamos que salga prontamente como ley de la República”.
Esto último, según la diputada, “debe ir acompañado de más herramientas y especialización de las policías, y también redes de protección integral y permanente a las víctimas de violencia”.
“Necesitamos brindar una respuesta pública integral que evite la revictimización y que proteja rápidamente para evitar, prevenir femicidios tan terribles como los que hemos conocido últimamente”, indicó la legisladora.
Finalmente, la parlamentaria señaló que están trabajando, como también el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, “intensamente en hacer avanzar la Ley de Violencia Integral para proteger a las Mujeres de Violencia, la denominada Ley de Violencia Integral, que sabemos que está muy avanzada en el Senado, que prontamente va a llegar a la Cámara de Diputadas y Diputados, para que podamos trabajarla y así poder dar esta respuesta que se requiere de manera urgente a nuestra sociedad y, por supuesto, a nuestras mujeres”.