El proyecto, ahora despachado al Senado, castiga con presidio dicha conducta y, luego de cumplida la pena, fija la expulsión del extranjero, salvo ciertas excepciones.
Con 88 votos a favor, 34 en contra y 14 abstenciones, la Sala de la Cámara aprobó, en general y en particular, la moción que tipifica y sanciona el ingreso clandestino a territorio nacional.
Esta iniciativa, que tu respaldo divido en el oficialismo, se despachó finalmente al Senado.
El proyecto, originado por diputados y diputadas, modifica la Ley de Migración y Extranjería, donde introduce un nuevo artículo sobre delitos migratorios.
El texto se refiere a la persona que haga ingreso clandestino al territorio nacional, por un paso no habilitado o eludiendo el control migratorio. Esta conducta se sancionará con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales (aproximadamente entre 323 mil y 646 mil pesos).
La norma no se aplicará a extranjeros que reúnan las condiciones de refugiados que provengan directamente del territorio donde su vida o libertad esté amenazada. Tampoco aplicará a niñas, niños o adolescentes o al padre, madre, guardador o persona a cargo del menor.
En tanto, el extranjero que ingrese al territorio nacional de manera clandestina y tenga causales de impedimento o prohibición de ingreso, se castigará con pena de presidio menor en su grado medio a máximo (entre 541 días y 5 años).
La misma pena se aplicará a quien entre o salga del territorio nacional valiéndose de un documento de identidad o de viaje falso, o faltando a la verdad en la información requerida para autorizar el ingreso o la salida.
Posterior al cumplimiento de la pena, se procederá siempre a la expulsión del extranjero.
Ingreso clandestino a territorio nacional
Respecto a investigaciones y procesos penales relacionados con los delitos tipificados, se señala que, aun cuando se produzca la detención en flagrancia, se intentará siempre la medida de reconducción o devolución inmediata. Si ello no fuera posible, se pondrá al infractor a disposición del tribunal respectivo.
En los casos en que el Ministerio Público solicite únicamente la pena de multa, se procederá a las reglas del procedimiento monitorio. Este refiere a aquel que se realiza ante el juez de garantía y se aplica a faltas sancionadas con multa.
Cuando exista mérito para condenar, pero haya antecedentes que no hagan aconsejable la imposición de la pena al imputado o este carezca de los recursos para su pago, el juez podrá dictar la sentencia y disponer la expulsión.
El plazo de ampliación de la detención referido al artículo 132 del Código Procesal Penal podrá ampliarse hasta por cinco días.
Prisión preventiva
En caso de decretar la prisión preventiva, el tribunal entenderá que existe peligro de fuga del imputado cuando se desconoce su identidad. O bien, cuando carece de documentos de identidad o de medios para costear su estadía por el plazo de investigación.
El imputado, puesto por el tribunal en calidad de detenido o en prisión preventiva, no podrá ser liberado. Ello, mientras no se encuentre ejecutoriada la resolución que niegue, sustituya o revoque la prisión preventiva. A su vez, el recurso de apelación contra la resolución se interpondrá en la misma audiencia y tendrá preferencia para su vista y fallo.
Por otra parte, no procederán penas sustitutivas, a excepción de la expulsión.
Si se acuerda la expulsión, el tribunal pondrá al imputado a disposición de la Policía de Investigaciones. Esto se deberá informar al Servicio Nacional de Migraciones.
También se fija que el juez de garantía dictará sobreseimiento definitivo si en el curso de la investigación surgen antecedentes calificados para determinar que el imputado era víctima de trata de personas. Esta situación se informará al Ministerio del Interior y al Fiscal Regional respectivo.
Asimismo, se dispone que, en caso de extranjeros sorprendidos en forma flagrante en la perpetración de delitos y sancionados por ingreso irregular, que no hayan cometido otro hecho punible, se procederá con la medida de reconducción o devolución inmediata. Si ello no fuera posible, se pondrá al infractor a disposición del tribunal. El plazo de detención se contabilizará desde que se verifique la imposibilidad de reembarcar o reconducir.
Finalmente, se entenderá que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, cuando no fuese posible determinar la identidad de la persona o, si no siendo turista, no cuente con rol único nacional.
Crisis migratoria
Los parlamentarios, que se manifestaron a favor de castigar el ingreso clandestino, relevaron la necesidad de enfrentar la crisis migratoria que ha traído extranjeros que no cumplen con las normas. Esto, según plantearon, ha incrementado la delincuencia y delitos como el sicariato y los homicidios, fomentados por el crimen organizado y el narcotráfico.
También se señaló que, en los dos últimos años, han ingresado 90 mil migrantes ilegales, según la PDI. Respecto al 2023, de 44 mil ingresos irregulares, solo se han expulsado administrativamente 300 personas. En tal plano, llamaron a castigar el ingreso irregular.
Quienes hablaron en contra de la iniciativa, indicaron que el crecimiento de la población migrante es una realidad. Además, pidieron no equiparar la crisis migratoria con la crisis de seguridad. Agregaron que migrante no es sinónimo de delincuente. En tal sentido, llamaron a no criminalizar la migración.
Por otra parte, sostuvieron que este proyecto es populista y solo ralentiza los procesos de expulsión. Junto a ello, implicará más recursos en la persecución penal y para las cárceles que recibirán a más extranjeros.
Por último, enfatizaron que, de acuerdo a normas internacionales de Derechos Humanos, la migración se castiga con medidas administrativas y no penales.
A favor y en contra
Dentro de los 88 diputados y diputadas que están favor, se encuentran:
Aedo Jeldres, Eric
Durán Salinas, Eduardo
Ossandón Irarrázabal, Ximena
Ahumada Palma, Yovana
Flores Oporto, Camila
Oyarzo Figueroa, Rubén Darío
Alessandri Vergara, Jorge
Fuenzalida Cobo, Juan
Pérez Cartes, Marlene
Araya Guerrero, Jaime
González Olea, Marta
Pérez Olea, Joanna
Araya Lerdo de Tejada, Cristián
González Villarroel, Mauro
Pulgar Castillo, Francisco
Arroyo Muñoz, Roberto
Guzmán Zepeda, Jorge
Ramírez Diez, Guillermo
Barchiesi Chávez, Chiara
Irarrázaval Rossel, Juan
Raphael Mora, Marcia
Barría Angulo, Héctor
Jürgensen Rundshagen, Harry
Rathgeb Schifferli, Jorge
Becker Alvear, Miguel Ángel
Kaiser Barents-Von Hohenhagen, Johannes
Rey Martínez, Hugo
Beltrán Silva, Juan Carlos
Labbé Martínez, Cristian
Rivas Sánchez, Gaspar
Berger Fett, Bernardo
Labra Besserer, Paula
Romero Leiva, Agustín
Bernales Maldonado, Alejandro
Lagomarsino Guzmán, Tomás
Romero Sáez, Leonidas
Bianchi Chelech, Carlos
Leal Bizama, Henry
Romero Talguia, Natalia
Bobadilla Muñoz, Sergio
Lee Flores, Enrique
Saffirio Espinoza, Jorge
Bórquez Montecinos, Fernando
Longton Herrera, Andrés
Sánchez Ossa, Luis
Bravo Salinas, Marta
Malla Valenzuela, Luis
Sauerbaum Muñoz, Frank
Bugueño Sotelo, Félix
Martínez Ramírez, Cristóbal
Schalper Sepúlveda, Diego
Calisto Águila, Miguel Ángel
Marzán Pinto, Carolina
Schubert Rubio, Stephan
Camaño Cárdenas, Felipe
Matheson Villán, Christian
Sepúlveda Soto, Alexis
Carter Fernández, Álvaro
Medina Vásquez, Karen
Soto Mardones, Raúl
Castro Bascuñán, José Miguel
Mellado Pino, Cosme
Sulantay Olivares, Marco Antonio
Celis Montt, Andrés
Meza Pereira, José Carlos
Tapia Ramos, Cristián
Cid Versalovic, Sofía
Morales Maldonado, Carla
Trisotti Martínez, Renzo
Cifuentes Lillo, Ricardo
Moreira Barros, Cristhian
Ulloa Aguilera, Héctor
Coloma Álamos, Juan Antonio
Moreno Bascur, Benjamín
Undurraga Gazitúa, Francisco
Concha Smith, Sara
Muñoz González, Francesca
Undurraga Vicuña, Alberto
Cornejo Lagos, Eduardo
Naveillan Arriagada, Gloria
Videla Castillo, Sebastián
Del Real Mihovilovic, Catalina
Ojeda Rebolledo, Mauricio
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón
Donoso Castro, Felipe
Olivera De La Fuente, Erika
Weisse Novoa, Flor
Durán Espinoza, Jorge
Dentro de los 34 diputados y diputadas que están en contra, se encuentran:
Acevedo Sáez, María Candelaria
Giordano Salazar, Andrés
Ramírez Pascal, Matías
Alinco Bustos, René
González Gatica, Félix
Riquelme Aliaga, Marcela
Arce Castro, Mónica
Hirsch Goldschmidt, Tomás
Rojas Valderrama, Camila
Barrera Moreno, Boris
Ibáñez Cotroneo, Diego
Sáez Quiroz, Jaime
Bello Campos, María Francisca
Melo Contreras, Daniel
Sagardia Cabezas, Clara
Brito Hasbún, Jorge
Mix Jiménez, Claudia
Santibáñez Novoa, Marisela
Bulnes Núñez, Mercedes
Morales Alvarado, Javiera
Schneider Videla, Emilia
Cariola Oliva, Karol
Ñanco Vásquez, Ericka
Serrano Salazar, Daniela
Castillo Rojas, Nathalie
Orsini Pascal, Maite
Soto Ferrada, Leonardo
Cuello Peña y Lillo, Luis Alberto
Pizarro Sierra, Lorena
Winter Etcheberry, Gonzalo
Fries Monleón, Lorena
Placencia Cabello, Alejandra
Yeomans Araya, Gael
Gazmuri Vieira, Ana María
Dentro de los 14 diputados y diputadas que se abstuvieron, se encuentran:
Astudillo Peiretti, Danisa
Leiva Carvajal, Raúl
Rosas Barrientos, Patricio
Bravo Castro, Ana María
Musante Müller, Camila
Santana Castillo, Juan
De Rementería Venegas, Tomás
Naranjo Ortiz, Jaime
Veloso Ávila, Consuelo
Delgado Riquelme, Viviana
Nuyado Ancapichún, Emilia
Venegas Salazar, Nelson
Ilabaca Cerda, Marcos
Pérez Salinas, Catalina