Dos resoluciones dictadas por jueces del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que autorizaron el ingreso de visitas de internos de nacionalidad venezolana con su cédula de identidad extranjera “sin validar”, son cuestionadas por Gendarmería de Chile. A través de dos recursos de hecho ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la institución que dirige el coronel Sebastián Urra busca dejar sin efecto lo resuelto por el tribunal, y que se dé curso a la apelación que realizó la institución penitenciaria.

Molestos están al interior de Gendarmería de Chile. Ejemplo de esto es que en las últimas semanas han ingresado dos recursos ante la Corte de Apelaciones de Santiago buscando dejar sin efecto dos resoluciones que evacuó el 7º Juzgado de Garantía de Santiago en las que se autorizó el ingreso de visitas a recintos penitenciarios con cédula de identidad “sin validar”.

Para poder comprender los hechos, debemos remontarnos a la primera decisión de este tipo que se tomó el 22 de septiembre pasado. Aquella jornada la jueza Marcia Figueroa Astudillo, del 7º Juzgado de Garantía de Santiago, autorizó el ingreso de “ciudadanas de nacionalidad venezolana a visitar al interno (Wilker) Rondon Márquez solo exhibiendo su cédula identidad extranjera sin validar”.

Acto seguido, Gendarmería contraatacó. El 28 de ese mes ingresaron un recurso de hecho ante la Corte de Apelaciones de Santiago retrucando que dicha decisión no tuvo en “consideración el procedimiento de enrolamiento de visitas para ingreso a Unidades Penales del País, el cual está reglamentado por normativa interna”.

En el mismo documento, la institución que dirige el coronel Sebastián Urra agrega que ellos lo que buscan es que respecto a internos de nacionalidad venezolana al interior de la Unidad Especial de Alta Seguridad se apliquen “las normas legales que regulan la situación”.

Lo anterior apunta a que quien “quiera enrolarse para poder visitarlos, debe cumplir con la carga impuesta para tales efectos por la normativa administrativa y legal pertinentes. Sobre este último punto, es crucial no desatender la normativa legal referente a la validez dentro del territorio nacional de los documentos de identidad extranjeros”.

Para sostener su tesis, el recurso cita el artículo 43 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería. Esta dispone que “toda cédula (de) identidad de persona extranjera mantiene vigencia, siempre y cuando acredite que cuenta con una solicitud de visa o residencia en trámite o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud. Dicha disposición legal chilena es de derecho público, y por ende, irrenunciable para un servicio público como Gendarmería de Chile”.

Pese a esto, el texto se indica que “si bien se reconoce a las cédulas extranjeras como instrumento válido para poder enrolarse dentro del procedimiento de visitas para ingresar a establecimientos penitenciarios, éstas deben estar validadas de acuerdo a lo señalado en la Ley 21.325, de Migración y Extranjería, siendo ello un requisito ineludible para la Autoridad Penitenciaria exigirla al momento de enfrentarse a una solicitud de enrolamiento”.

Cabo Palma

El pasado 5 de abril el país se conmocionó. El mártir 1.233 de Carabineros de Chile. Su nombre: Daniel Palma Yáñez. Todo ocurrió tras una fiscalización a un vehículo en las inmediaciones del Teatro Caupolicán, en el centro de Santiago. En dicha indagatoria, a manos de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, han sido detenidos un puñado de ciudadanos de origen venezolano que son investigados por el crimen del funcionario policial.

Entre ellos está Ovicmarlixon Garcés Briceño, Davis Fuentes Escalona, Lermi Albarrán Angulo y Luis Lugo Machado. Estos también se vieron beneficiados con la autorización del 7º Juzgado de Garantía de Santiago para que pudieran recibir visitas “solo exhibiendo su cédula de identidad extranjera sin validar”. Por esta situación, Gendarmería de Chile también recurrió a tribunales. Lo hizo el pasado 13 de octubre.

En el documento, que tuvo a la vista Radio Bío Bío, la institución penitenciaria recurrió contra una resolución dictada por el magistrado Patricio Álvarez de fecha 12 de octubre de 2023, es decir, un día antes. En ella el juez dio visto bueno al ingreso de visitas mostrando su cédula de identidad extranjera sin “validar”, cuestión que a su juicio va en contra de la legislación en torno a materia de Migración.

Esta situación se da en medio de los cuestionamientos que han hecho reos al interior del Recinto Especial Penitenciario de Alta Seguridad (REPAS) vinculados al Tren de Aragua. Estos se realizaron autolesiones el pasado miércoles 4 de noviembre en “protesta” al régimen interno que tiene el REPAS. En aquella oportunidad, según confirmó Gendarmería a La Radio, no resultaron gendarmes lesionados.

Ambos recursos de hecho se encuentran tramitándose al interior de la Corte de Apelación de Santiago. En los dos Gendarmería pide revocar la resolución recurrida en que se accedió al ingreso de las visitas.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)