El ministro de Justicia, Luis Cordero, se refirió a lo planteado por el Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, sobre la inasistencia del jefe de asesores del segundo piso de La Moneda, Miguel Crispi, a la comisión investigadora por el caso Convenios.
“Cualquier persona en un Estado democrático que está en una posición de poder tiene el deber de rendir cuentas”, sentenció el contralor, echando por tierra la tesis de La Moneda respecto a que Crispi, al ser funcionario a honorarios, no tiene la obligación de concurrir a la comisión a prestar declaración.
A raíz de esto, Cordero dijo que “la discusión de este caso en particular tiene que ver en cuál es el sistema de rendición de cuentas específico y adecuado. Sobre este punto el Gobierno quiere ser bastante claro: este es un asunto que no tiene que ver con Miguel Crispi, es un asunto que tiene que ver con el estatuto de la Presidencia de la República”.
“El señor Miguel Crispi está sometido al régimen de control más estricto que puede tener cualquier ciudadano de este país, que es la investigación penal”, precisó Cordero.
Respecto a la discusión de la situación de este caso en concreto, es “si la Presidencia de la República y quienes prestan servicios en ella, por la naturaleza de los servicios que prestan, están obligados a comparecer a una comisión investigadora y entregar información de los asuntos en los cuales tienen conocimiento en el desarrollo de sus funciones”.
“En opinión del Ejecutivo, existen suficientes argumentos para sostener, porque así lo ha deliberado el propio Congreso, en materias, por ejemplo, de la Ley de Lobby, que la Presidencia de la República tiene un estatuto jurídico distinto”, manifestó Cordero.
Es por esto que indicó que “el contralor ha anunciado que se le va a requerir informe al señor Miguel Crispi. Él deberá responder, pero adicionalmente es necesario tener presente que de lo que se dictamine en este caso, no solo tendrá un efecto para el actual régimen de la asesoría presidencial, sino que para cualquier presidencia que se suscite en el futuro”.
“No es que la Presidencia de la República no esté sujeta a rendición de cuentas, es cuál es el sistema de rendición de cuentas correcto y adecuado para circunstancias como esta”, manifestó el ministro de Justicia.
Según Cordero, el tema “dejó de ser un asunto que compromete al señor Miguel Crispi, esto es un asunto que tiene que ver con la Presidencia de la República”.
Caso Convenios
El secretario de Estado hizo un llamado a “mirar las consecuencias que tiene para el sistema institucional, lo que se está tergiversando en torno al régimen jurídico al cual está sometida la Presidencia de la República”.
En tanto, Cordero dijo que “hoy día la situación, respecto a la comparecencia del contralor, a “adquirido una dimensión distinta. Una es la situación que afecta al señor Miguel Crispi (…)”.
Añadiendo que “si el contralor dictamina que las personas que prestan servicio en la Presidencia están sujetas a las mismas obligaciones de rendición que todo el resto de los funcionarios y las autoridades, significa, por lo tanto, que la Presidencia de la República pasa a tener el mismo estatuto, cosa que hasta ahora ha sido tratado de modo distinto”.
“Creemos que en el evento, incluso, que se considerara que personeros de la Presidencia tienen que comparecer en comisiones investigadoras, también la Contraloría precisara respecto a qué asunto están obligados a declarar, porque la ley protege el privilegio deliberativo de la Presidencia, y también estas personas -por contrato- están obligados a mantener reserva”, comentó Cordero.
Por lo que recordó que “la ley exime a la Presidencia de la República de algunas obligaciones comunes al resto de la administración, admitir una cosa distinta sería en algún sentido desviar los propósitos legislativos que el propio Congreso ha establecido en estas materias”.