De las 418 personas que recibieron pensiones de gracia luego de ser víctimas de agentes del Estado durante el estallido social, 40 registran antecedentes penales. 17 recibieron el beneficio de parte de Sebastián Piñera y 23 durante el actual gobierno.
Parlamentarios de Renovación Nacional ingresaron un proyecto de ley que establece cambios a la normativa que regula la entrega de pensiones de gracia por parte del Estado.
La idea nace luego de que el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, revelara que 40 personas que recibieron dicho beneficio por parte de los gobiernos de Sebastián Piñera (17) y Gabriel Boric (23) – víctimas de parte de agente del Estado durante el estallido social de 2019 – cuentan con antecedentes penales.
La iniciativa, firmada entre otros por los diputados Andrés Longton y Hugo Rey, integrantes de la comisión encargada de indagar en el tema, modifica la Ley N° 18.056 que establece las normas generales sobre el otorgamiento de Pensiones de Gracia por el Presidente de la República.
Entre los objetivos que persigue el proyecto es “mayor transparencia” y el “uso responsable de los recursos públicos”. Para esto, proponen una serie de modificaciones fundamentales para garantizar que estas pensiones sean otorgadas de manera justa y sin abusos.
Cambios al sistema que utiliza el Estado para entregar pensiones gracia
En particular, el proyecto plantea lo siguiente:
1. Limitación de Pensiones de Gracia por Imprudencia. Es decir que “se establece que las pensiones relacionadas con accidentes, incapacidades o enfermedades no podrán ser otorgadas a personas cuyas situaciones sean resultado de una exposición imprudente al riesgo por parte del solicitante.
2. Prohibiciones para condenados y faltas graves a la probidad. Quienes se hallen condenados por crimen o simple delito, así como para aquellos que hayan cesado en la función pública debido a medidas disciplinarias por faltas graves a la probidad administrativa, no podrán recibir el beneficio.
3. Eliminación de facultad extraordinaria del Presidente.
4. Requisitos para el otorgamiento de pensiones de gracia. Se establece que sólo podrán ser otorgadas por decreto supremo fundado del Presidente de la República, sujeto al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría.
5. Se incorporan reglas de transparencia y publicidad, como la remisión de antecedentes a la Cámara de Diputados, la publicación de actas de la comisión especial asesora presidencial en materia de pensiones de gracia, entre otros.
6. Por último, se crea un plazo de 2 años para las pensiones de gracia otorgadas por incapacidad o enfermedades inhabilitantes, con la posibilidad de renovación.
La subjefa de bancada de Renovación Nacional, Marcia Raphael agregó que ingresaron un requerimiento a la Contraloría “para que se auditen todas las pensiones a las supuestas víctimas del estallido”. El objetivo es “dejar sin efecto muchas pensiones que sabemos fueron entregadas de manera desproporcionada y sin asidero legal”.