La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) deberá zanjar la polémica medida de media prescripción que ha permitido a condenados por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura de Pinochet, quedar en libertad gracias a la reducción de sus penas de cárcel.
El pasado 1 de febrero, víctimas y sus representantes hicieron una presentación ante el tribunal internacional, para pedir una condena contra Chile y que ordene la anulación de la “media prescripción” o “prescripción gradual”.
Esto, en el marco de los procesos penales de 14 casos relativos a delitos de lesa humanidad, en los que figuran 49 personas como víctimas.
La demanda contra el Estado alega que la Corte Suprema, al intervenir como tribunal de casación penal, decidió, entre 2007 y 2010, atenuar las penas otorgadas a los responsables de los hechos mediante la aplicación de la “media prescripción” o “prescripción gradual”, prevista en el artículo 103 del Código Penal.
Dicha disposición es aplicable cuando el responsable del delito se presenta o es hallado luego de haber transcurrido la mitad del tiempo asignado para la prescripción de la acción penal.
Sin embargo, de acuerdo a lo que alegan los abogados de las víctimas, los delitos contra los Derechos Humanos son imprescriptibles, por lo que no correspondería aplicar esta “doctrina” en este caso.
A esto suman que ninguno de los condenados ha prestado colaboración en los casos, ni tampoco han mostrado arrepentimiento por los crímenes que han cometido, según aseveran.
Hijo de “Pepe” Carrasco: “Andan libres por la calle, es una afrenta enorme y brutal”
“Andan libres por la calle, es una afrenta enorme y brutal para las familias y la memoria de nuestros familiares y para la tremenda lucha que se ha estado dando durante décadas”, expresó en la audiencia ante la CorteIDH, Iván Carrasco, hijo del periodista José Carrasco, quien fue asesinado en 1986 durante la dictadura.
Carrasco dijo a EFE que “para muchos familiares de las víctimas, asesinados y desaparecidos en Chile es muy importante” que este asunto haya llegado a la CorteIDH, pues considera que en Chile “se está imponiendo la impunidad mediante un mecanismo tramposo que es la aplicación de la media prescripción o prescripción gradual”.
“Nos parece muy importante que la Corte Interamericana decrete que la media prescripción o prescripción gradual es una figura que no debe ser aplicada en Chile para el caso de las violaciones a los derechos humanos y en el caso de mi padre estamos pidiendo que el fallo sea anulado”, apuntó.
Carrasco relató que los asesinos de su padre fueron condenados a prisión, pero en 2009 la Corte Suprema aplicó la media prescripción y rebajó las penas a menos de 5 años y les otorgó la libertad condicional.
“Queremos que se haga justicia, que haya un castigo efectivo, real, a los criminales. Esa es la reparación que todo familiar de las víctimas está buscando”, dijo Carrasco.
Durante la audiencia, la representación del Estado no formuló preguntas a Carrasco, mientras que el agente Oliver López expresó su solidaridad con la víctima por “el impacto personal y familiar por la grave vulneración a los derechos humanos” que supuso “el terrible hecho relativo al secuestro y ejecución extrajudicial de su padre”.
Abogada de DDHH, Karinna Fernández: Es un mecanismo de impunidad
Mientras, la abogada de Derechos Humanos y que es parte del equipo que representa a familiares de las víctimas, Karinna Fernández, aseguró que la media prescripción “es probablemente uno de los casos que indica con mayor claridad las distintas fórmulas que tiene la ausencia de justicia en momentos transicionales, lo que conocemos una transición sin Justicia”.
“Fue uno de los mecanismos, como muchos otros, que se pueden utilizar por los Estados para cuando, al juzgar a sus agentes, establecen mecanismos para asegurar su impunidad”, agrega.
“En este caso fue la media prescripción, pero han sido utilizados otras, como lo vimos en el caso de Labbé, para dejar en libertad a los agentes o que no cumplan condenas efectivas, especialmente alegando aspectos temporales, lo que conocemos como impunidad biológica”, explica la jurista a BioBioChile.
En esa línea, cuestionó el hecho que “tampoco se le exigió a ninguno de los imputados ningún tipo de requisito adicional para contar con este mecanismo. No aportaron a las investigaciones y no pidieron perdón”.
“Nosotros sostenemos que el resultado de la media prescripción a delitos que son imprescriptibles, como son las graves violaciones de Derechos Humanos, genera un daño a las víctimas, que generan también una vulneración a la obligación de sancionar”, enfatiza.
“Adicionalmente, genera otras violaciones, que son el hecho que las víctimas no tuvieron jamás derecho a un juez imparcial, porque esta era una decisión políticamente adoptada por los tribunales, lejos de los antecedentes que tenían a la vista, que las víctimas no fueron oídas, porque estas decisiones fueron tomadas a consecuencia de casaciones de oficio que realizó la Corte Suprema, y que, por lo tanto, tampoco tuvieron derecho al recurso”, fustiga.
Las críticas al Gobierno de Boric por calificar “media prescripción” de “error”
Pero además, Fernández cuestiona la respuesta del Estado y del Gobierno actual del presidente Gabriel Boric, que tuvo solo a dos representantes en la audiencia.
“Esta representación lamenta a nombre de las 49 víctimas que representé a sus familiares, en este caso, el hecho de que el Estado se refiera a esto como un error”, fustiga.
“Esa falta de reconocimiento por el Estado que se expresa a través de esta idea de que fue un error, y no lo dimensiona, es una forma de negacionismo a 50 años de los hechos”, insiste.
“Nosotros lamentamos también que no participaran autoridades del Estado y del Gobierno en la audiencia, y que efectivamente el Gobierno del presidente Boric insistieran en que no se aplique la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada, existiendo víctimas desaparecidas en este caso, 44 por lo demás, que permanecen desaparecidas”, lamenta.
“También lamentamos que respecto de 53 familiares de las víctimas, el gobierno actual haya rechazado un reconocimiento y responsabilidad respecto de su integridad, como aludiendo a razones de forma que no responde a la dimensión de lo que significó esta forma de impunidad por parte de la Corte Suprema, para familiares de víctimas de ejecutadas y desaparecidas, que tal como estableció nuestro perito generó una lesión adicional, agudizando el dolor de las víctimas”, indica.
Asimismo, cuestionó que “el Gobierno utilizara un peritaje en lo que se refiere que requerir una nulidad de la sentencia, sería un interés vengativo de las víctimas, lo que nos parece del todo inapropiado, al igual que afirmar que este tipo de medidas constituye hostigamiento a los condenados”.
“Creemos que hay que ser especialmente cuidadoso a 50 años del inicio de la dictadura, con este tipo de afirmaciones por parte de un Gobierno”, concluye la experta en temas de Derechos Humanos.
Víctimas piden anular la “media prescripción” en violaciones a DDHH
Por su parte, el comisionado y relator para Chile de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Joel Hernández, manifestó en la audiencia que mediante las prescripciones graduales el Estado chileno “desconoce el carácter imprescriptible de los delitos de lesa humanidad”.
En ese sentido, agregó que como resultado de la aplicación de la medida, Chile incurrió en violaciones a los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial.
“La reducción de la pena, como resultado del tiempo, no resulta proporcional para restringir el derecho de las víctimas y sus familiares a sanciones que sean acordes a la gravedad de los delitos cometidos, sus múltiples efectos y la necesidad de evitar su reiteración”, expresó Hernández.
De esta forma, los representantes de las víctimas solicitaron a la CorteIDH una sentencia en que deje sin efecto la aplicación de la media prescripción para crímenes de lesa humanidad y que se anule también su aplicación en las 14 sentencias que incluye el caso sometido a la CorteIDH.
Después de la audiencia del pasado 1 de febrero, las partes tienen un mes para presentar los alegatos finales por escrito y a partir de entonces la CorteIDH podrá emitir una sentencia en los siguientes meses.