Los diputados de Renovación Nacional, Marcia Raphael y Hugo Rey, enviaron un oficio al contralor Jorge Bermúdez para intentar aclarar la polémica. Además, solicitaron -por intermedio de la autoridad fiscalizadora- que el rector entregue los antecedentes administrativos que den cuenta de la concesión de dicho beneficio.
Los diputados de Renovación Nacional de la Comisión de Educación, Marcia Raphael y Hugo Rey, enviaron un oficio al Contralor General de la República, Jorge Bermudez, con el fin de iniciar un proceso administrativo para determinar si procede que la exconvencional, Elisa Loncón, académica del Departamento de Educación de la Facultad de Humanidades de la Universidad de Santiago, goce de permiso laboral para ausentarse de sus funciones académicas percibiendo íntegramente su remuneración.
Loncón habría retomado sus funciones a jornada completa en el Departamento de Educación de la Facultad de Humanidades de la Universidad de Santiago de Chile, plantel de educación superior del Estado, tras su paso por la Convención Constitucional.
Sin embargo, según indican los parlamentarios en el oficio, se enteraron por la prensa que la exconvencional estaría con “permiso sabático remunerado” por un año, a cambio de visitar universidades extranjeras.
Para los parlamentarios no es clara la naturaleza de este permiso, y debido a que la universidad es una institución estatal sujeta a la fiscalización y control de la Contraloría es que solicitaron formalmente a Bermudez se pronuncie al respecto.
Además, indican que la ley indica que “instituciones universitarias son organismos autónomos, dotados de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, que forman parte de la Administración del Estado y se relacionan con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación”.
¿Comisión de servicio o permiso para ausentarse?
Señalan que el permiso en cuestión debe constituirse o bien como uno “en comisión de servicio en el extranjero”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N°21.094, sobre Universidades Estatales, y el respectivo Reglamento interno de la Universidad, o bien como un permiso para ausentarse de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del artículo 110 de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo.
“No existe claridad, en el primer caso, de que la Sra. Loncón se encuentre en una comisión de servicio en el extranjero, ya que se desconocen las labores que desempeñaría allí y, en sus últimas alocuciones públicas en el extranjero, lo ha hecho en relación con su rol como ex convencional constituyente y ex presidenta de la Convención Constitucional, lo que no es un rol propio de la Universidad de Santiago”, indica el documento.
Además, según Raphael y Rey tampoco se configuraría un permiso sin goce de remuneraciones de aquellos a que alude el Estatuto Administrativo, puesto que, como se indica, estos se conceden sin la percepción de remuneraciones, tal como señalan los artículos 108 y siguientes de aquella norma, mientras que la información trascendida da cuenta de que la profesora se encontraría en uso de un permiso de “año sabático” con goce de remuneraciones.
¿Puede Loncón optar a un “permiso sabático”?
Finalmente, los parlamentarios solicitan al contralor tomar conocimiento de los hechos, iniciando un procedimiento administrativo para determinar si Loncón puede abandonar sus labores como docente para gozar de un “permiso sabático”, cuya naturaleza jurídica se desconoce, percibiendo además íntegramente su remuneración.
Además, se solicita al contralor requerir al rector de la casa de estudios, Rodrigo Vidal, los antecedentes administrativos que den cuenta de la concesión, naturaleza jurídica y extensión del permiso.