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"Turbadita": Denuncia por malos tratos de una cónsul de Argentina en Chile escaló hasta la justicia

Por Verónica Reyes
Con información de Poder Judicial.

08 septiembre 2022 | 17:06

"(La cónsul) le gritaba, la retaba, que no sabía nada, que su trabajo lo hacía de forma irresponsable", narró una testigo de la trabajadora.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó una condena al consulado de Argentina ubicado en la ciudad de Antofagasta, por vulnerar la integridad síquica y vida privada de una ahora extrabajadora.

La denunciante, de iniciales J.G.Z.F. presentó una acción judicial en contra del Consulado de la República de Argentina, lugar donde llegó a trabajar en 2014 para ejercer labores administrativas con una modalidad de contrato indefinido.

La trabajadora acusó la instalación de cámaras de seguridad apuntadas directamente a su estación de trabajo, intromisión en sus redes sociales, trato vejatorio por parte de su jefatura directa, entre otras irregularidades.

El consulado, por su parte, se defendió indicando que la cámara de seguridad estaba instalada en un lugar común y por razones de seguridad; y que la trabajadora fue notificada por haber compartido en Facebook una imagen que hacía referencia (mostraba) las instalaciones del lugar.

Testimonios y malos tratos

Una testigo del caso, detalló que la cónsul Ana Carolina Massuh trató mal a la demandante J.G.Z.F.

“Mucha agresión, palabra fuerte, que le estaba dando trabajo para darle de comer a sus hijos”, relató.

Con la llegada de la pandemia adoptaron la modalidad de teletrabajo y que por Zoom hubo “gritos e insultos que eran muy fuertes” por parte de la jefatura.

“(La cónsul) le gritaba, la retaba, que no sabía nada, que su trabajo lo hacía de forma irresponsable”, narró la testigo en el fallo en primera instancia.

Por todo, la denunciante comenzó a presentar problemas para dormir y daño en su salud emocional, por lo que acudió a un psicólogo y neurólogo.

En el texto judicial, ella señaló que la cónsul Massuh “se molestaba porque
tuviera contacto con cancillería, tenía desconfianza” y que en una ocasión la retó delante de sus compañeros; y que en otra oportunidad le dijo que estaba “tocadita” y “turbadita”.

Otro testigo del caso, también compañero de labores de la demandante y la cónsul, declaró no haber visto maltratos.

Resolución

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó con costas el un recurso levantado por la legación trasandina en contra de una primera sentencia que le ordenó pagar a la trabajadora $9.930.393 de indemnización, equivalente a 11 remuneraciones; $902.763, por indemnización sustitutiva del aviso previo; $5.416.578 por seis años de servicios; $2.708.289 por concepto del recargo legal del 50% de la indemnización por años de servicio, y $1.263.868 por feriado legal y proporcional.

El fallo sostuvo que “(…) el asunto sometido a la decisión del Juzgado de Letras del Trabajo concierne a una prestación de servicios personales ejecutada en territorio chileno la que, por ello no responde a la idea de un acto de gobierno, ejecutado por el Estado extranjero en su condición de soberano”.

Agregó que por consiguiente, conforme a lo relacionado precedentemente “no cabe en este caso la inmunidad de jurisdicción”, de modo que el tribunal no incurrió en ningún error de derecho, ni menos infringió las disposiciones de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares ni la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.