Este domingo 4 de septiembre, se realizará en Chile, el Plebiscito Constitucional, una jornada de sufragio obligatorio, por lo que quienes no puedan asistir a la jornada, deberán presentar las excusas por no votar necesarias ante las autoridades competentes.
Cabe destacar que el proceso es obligatorio para quienes tengan su domicilio electoral inscrito en suelo nacional. En tanto, para quienes estén inscritos en el extranjero, será voluntario ir a las urnas.
¿Qué pasa si no puedo ir a votar el día del Plebiscito Constitucional?
Vale destacar que gracias a una reforma constitucional, el Plebiscito de Salida de este domingo 4 de septiembre tiene un carácter obligatorio, es decir, habrá sanciones para quienes no asistan a sufragar.
Quienes no cumplan con el acto, serán citados por el Juzgado de Policía Local correspondiente al domicilio electoral de la persona y arriesgan multas que van desde las 0,5 UTM ($29 mil aproximadamente) hasta 3 UTM ($174 mil aproximadamente).
¿Cuáles son las excusas para no ir a votar?
El presidente del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, confirmó que hay 4 razones por las que una persona puede presentar una o más excusas para no votar el día del Plebiscito Constitucional.
1. Encontrarse en el extranjero.
2. Estar enfermo o tener alguna discapacidad.
3. Estar a 200 kilómetros de distancia de votación.
4. Cualquier otro impedimento grave que impida votar.
¿Cómo y cuándo presentar las excusas por no votar?
Es importante mencionar que ni ninguna de las causales es válida para excusarse antes del Plebiscito Constitucional, y solo una se podrá presentar durante la misma jornada del 4 de septiembre.
Esta es la de estar a más de 200 kilómetros del local de votación, la que se deberá comprobar ante una comisaría de Carabineros, como se dijo, el mismo día del sufragio.
El resto de las excusas se deberán fundamentar ante el Juez de Policía Local, luego de ser citados, después del Plebiscito de Salida.
Los documentos válidos para acreditar las causales de no ir a votar pueden ser: pasaporte para probar que estuvo en el extranjero, certificados médicos u otros que se estimen convenientes.