La "Ley Tamara" acaba de ser despachada a ley, por lo que, entre otras cosas, se aumentará la pena de ciertos delitos en que se vean afectados: menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad. La creación de la norma se dio luego del asesinato de Tamara Moya, una niña de 5 años que recibió un disparo en medio de una encerrona a principios del 2021.

La noche del 28 de febrero del 2021, un lamentable incidente delictual marcó el inicio de la recién aprobada Ley Tamara, una norma que se gestó tras el asesinato de Tamara Moya, una niña de 5 años.

En la fecha señalada, la niña fue emboscada por dos antisociales junto a su madre en la comuna de Huechuraba, en la región Metropolitana, quienes le dispararon, mataron y huyeron con el auto.

El caso de Tamara Moya

Un mes después del asalto que terminó con la muerte de Tamara Moya, su padre y las autoridades nacionales confirmaron que un menor de edad involucrado -quien habría disparado contra Tamara- murió en un intento de encerrona en la capital.

En tanto, los otros dos involucrados (un adulto y un menor) fueron capturados en abril del 2021, en medio de un operativo de la Policía de Investigaciones (PDI).

Así, tras el proceso judicial, el pasado 12 de agosto, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de nulidad y confirmó las condenas contra los culpables del asesinato de Tamara Moya.

En concreto, la justicia castigó a Alan Gallardo Vilches a presidio perpetuo calificado (al menos 40 años de cárcel) y al adolescente P.A.V.J. a una condena de 10 años de internación en un centro de Mejor Niñez.

Ley Tamara

Tras el asesinato de Tamara Moya, el gobierno de Sebastián Piñera presentó un Mensaje ante la Cámara de Diputados para aumentar las penas para delitos en que menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad que se vean afectados.

Y de igual modo, los parlamentarios ingresaron una moción para legislar la misma materia, por lo que ambos fueron fusionados en un solo proyecto, nombrado como Ley Tamara, el que se aprobó este martes 16 de agosto.

¿Qué dice la nueva Ley Tamara?

De acuerdo a lo informado por la Cámara de Diputados, durante la tramitación se agregó un artículo que indica que la pena de los delitos descritos, se determinará excluyendo el grado mínimo, si se trata de uno compuesta.

Respecto al delito de violación, es decir, acceder carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años, se remplazó la sanción de presidio mayor en cualquiera de sus grados (5 años y un día a 20 años), por “su grado medio a máximo” (desde 10 años y un día a 20 años).

En tal sentido, se elevó la pena del homicidio simple, para casos cuando la víctima sea menor de 18 años, adulto mayor o persona con discapacidad. Esta aumentó desde presidio mayor en grado medio (10 años y un día a 15 años), a grado medio a máximo (10 años y un día a 20 años).

Respecto al delito de violencia o intimidación, se incluyeron las amenazas a la integridad de niños que se encuentren al interior del vehículo. Ello ya sea para apropiarse del móvil o para obtener las pertenencias en su interior.

Derogación del artículo 365 del Código Penal

Por otro lado, el texto de la “Ley Tamara” suprimió la figura penal del acceso carnal a una persona de su mismo sexo, menor de 18 años y mayor de 14 años, sin que medien las circunstancias de los delitos de violación o estupro.

Se trataba del artículo 365 del Código Penal, que el mismo Movilh calificó como “la última ley homofóbica vigente en Chile”.