La Comisión de Constitución del Senado aprobó en general la Ley Nibaldo, que busca modificar el Código Penal para incorporar una modalidad agravada al delito de inhumación ilegal.
Se espera además que la próxima semana se puedan hacer precisiones al texto para despacharlo.
Tras escuchar la exposición del director del Servicio Médico Legal (SML), Gabriel Zamora, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento aprobó por unanimidad la idea de legislar sobre el proyecto que modifica el Código Penal, para sancionar el ultraje de cadáver y de sepultura.
La iniciativa, también conocida como Ley Nibaldo, en memoria del profesor Nibaldo Villegas, quien fue asesinado y posteriormente descuartizado, busca tipificar como delito la mutilación de un cadáver y que sea sancionado de acuerdo con la brutalidad de los hechos.
Después de escuchar al doctor Zamora, la Comisión despejó una serie de dudas respecto de la redacción y acordó que en una próxima sesión se puedan hacer algunas precisiones al texto a fin de evitar interpretaciones.
Sanciones de la Ley Nibaldo
El proyecto establece que serán sancionados con la pena de reclusión menor en su grado medio, es decir 541 días a 3 años, el que en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, exhume total o parcialmente sus restos humanos; sustraiga restos humanos de quien los tuviere legítimamente, o manipule restos humanos o cenizas, realizando actos que los afecten considerablemente.
Además, se establece la misma sanción para quien “en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, profane su sepultura”.
Cabe recordar que para el estudio de la iniciativa, se escuchó previamente a su autora, la diputada Carolina Marzán (PPD), quien señaló que “para la familia ha sido un proceso doloroso y va relacionado con quién fue esa persona y su dignidad (…) los autores fueron sentenciados, pero lo que sucedió con el cadáver no fue sancionado porque no está normado. No se contempla sanción por tal aberración”.