El domingo 19 de diciembre se vivirá la segunda vuelta para elegir al próximo Presidente de la República, instancia en la que competirán Gabriel Boric y José Antonio Kast.
¿Cómo saber si se es elegido vocal de mesa? Para esta ocasión, será fácil de responder: las personas que ejercieron el cargo durante el 21 de noviembre pasado, deberán volver a sus respectivos locales para asistir las votaciones.
De acuerdo al Servel, más de 200 mil vocales debieron trabajar el pasado fin de semana de elecciones, distribuidos en 2.811 locales de votación en Chile y 113 en el extranjero.
Sin embargo, esta vez sólo se realizarán las elecciones presidenciales, no así de diputados, senadores y consejeros regionales, quienes ya quedaron definidos.
Causales de excusa
– Personas de 60 años de edad o más.
– Mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.
– Padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años.
– Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
– Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
– Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
– Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
– Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
– Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Multas por no asistir
Quienes no se hayan excusado y el día de votaciones no se presenten en sus respectivos locales de votación incurren en una infracción electoral.
Esta falta que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M ($105.000 a $ 422.000 aproximadamente).