Inocencia del Presidente

Presidencia insiste en que Piñera es inocente: "Resulta difícil comprender" la decisión de Fiscalía

Publicado por Ignacio Hermosilla
La información es de Comunicado de Prensa

08 octubre 2021 | 15:29

Este viernes, el Ministerio Público determinó que los antecedentes revelados por los "Pandora Papers" no fueron parte de indagatorias anteriores, por lo que el fiscal Jorge Abbott decidió abrir una investigación penal contra el presidente Piñera por los presuntos delitos de cohecho, soborno y tributarios.

Ante el anuncio de la Fiscalía, desde la presidencia emitieron un comunicado donde reiteran la inocencia del Mandatario y afirmaron que todos los antecedentes ya fueron revisados por la justicia, declarando que ésta confirmó en forma unánime su sobreseimiento definitivo.

El Poder Ejecutivo emitió un comunicado en que reitera la inocencia del Presidente Sebastián Piñera, tras el anuncio del fiscal nacional, Jorge Abbott, de iniciar una investigación penal de oficio por los posibles delitos de cohecho y soborno.

La presidencia comunicó que “resulta difícil comprender la decisión tomada hoy por el Ministerio Público“, ya que dicen que nada ha cambiado y no existen nuevos elementos respecto del “pronunciamiento de las máximas autoridades del Poder Judicial (…) en relación a que los hechos investigados”.

El comunicado destaca que la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmó en forma unánime el sobreseimiento definitivo del Mandatario. “Es más, dicha Corte señaló que no divisaba una expectativa razonable de que hayan ocurrido realmente delitos o que puedan ser descubiertos en el futuro”, afirmaron.

Adicionalmente, se sostuvo que “el querellante dedujo un recurso de queja ante la Corte Suprema, el que fue desestimado de plano en forma unánime. Además, el tribunal condenó en costas al querellante por no haber tenido motivo plausible para litigar y por no haberse acogido ninguno de sus planteamientos”.

Afirmaciones

La carta pública afirma que el Presidente “no tiene ni nunca ha tenido participación alguna en la gestión de la sociedad que vendió, ni en la venta de Minera Dominga”.

Y aclara que Piñera “no ha ejecutado acción, ni hecho gestión alguna, en su carácter de Presidente, ni en su primer ni en su segundo gobierno, en relación a Minera”.

Por esas razones, “discrepamos con lo señalado por la Fiscalía“, sentenció el comunicado, antes de sostener que desde la presidencia tienen “plena confianza en que, al igual que en todas las ocasiones anteriores, la justicia ratificará lo ya decretado por ella misma y confirmará la total inocencia del Presidente Piñera“.

Pandora Papers

El fin de semana pasado, una investigación del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) reveló que la familia de Piñera y la de Carlos Délano sellaron la compraventa de la Minera Dominga en las Islas Vírgenes Británicas, un paraíso fiscal.

Además, se aseguró que el pago de la tercera cuota de la transacción estaba condicionado a que el primer gobierno de Piñera no declarara como reserva natural la zona donde se construirá el proyecto. Eso finalmente se dio así y la cuota se pagó.

Respecto a la cláusula de compra venta, el abogado del presidente Sebastián Piñera, Juan Domingo Acosta,señaló que el 7 de abril de 2017, a requerimiento de la Fiscalía, se presentaron todos los documentos relativos a la investigación.

Entre ellos, se encontraría uno que se denomina “Acuerdo”, el cual da cuenta de la totalidad de los términos y condiciones respecto de la transferencia del Proyecto Dominga.

“Dicho instrumento contiene todos los acuerdos alcanzados entre comprador y vendedor en relación a la compraventa, incluyendo en su cláusula 3.03., aquella relativa al pago del saldo de precio de la compraventa, su monto y plazo, así como las condiciones a las cuales quedaba sujeto dicho pago. Su contenido es exactamente el mismo del contrato de compraventa, pues dicta sus términos”, sostiene Acosta.

En ese sentido, agregó que “el documento dado a conocer por ICIJ, es sólo la materialización efectiva del negocio acordado formalmente mediante el contrato denominado Acuerdo, de tal forma que la cláusula de saldo de precio es una mera transcripción de la existente en dicho documento.