A raíz de la pandemia, para entrar o salir del país ya no basta con la tarjeta de embarque y el pasaporte. Hoy todo viajero -además- debe contar con la respectiva documentación que exige la autoridad sanitaria para el control del Covid-19. Buscando burlar los controles migratorios de la PDI en el Aeropuerto de Santiago, más de 250 personas han sido detenidas este año por falsificar “autorizaciones para salir al exterior”, “test PCR”, “pasaportes y/o prórrogas”, o “Pases de Movilidad”, práctica que a todas luces ha puesto en riesgo la salud pública. Un punto que llama la atención es que del total de detenidos la mayoría son ciudadanos extranjeros.
Con nervios de acero enfrentaron a las autoridades de migración de la PDI en el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez. Solo tenían dos escenarios: burlar el control o ser detenidos. Y es que la pandemia cambió las reglas del juego para la entrada y salida del país.
Si antes bastaba con la tarjeta de embarque y el pasaporte -este último en caso de viajes internacionales-, hoy todo viajante, además, debe contar con la respectiva documentación que exige el Ministerio de Salud (Minsal) para el control del Covid-19 en las fronteras.
Pero pese a las nuevas obligaciones sanitarias, más de 250 viajeros han sido detenidos por el Departamento de Inspección Secundaria Aeropuerto (DEINSA) de la PDI por el delito de falsificación o uso malicioso de documento público en los controles de ingreso y salida del país.
Según las estadísticas, entre el 1 de enero y el 7 septiembre de 2021, 151 personas fueron detenidas por la policía de civil en los controles sanitarios de ingreso al país por falsificar o adulterar su test PCR, cifra que en su mayoría corresponde a ciudadanos extranjeros.
Las directrices para la salida y entrada al país se encuentran en el Plan Fronteras Protegidas -actualizado este 1 de octubre-, el que señala que quienes entren a suelo nacional deben completar el formulario “Declaración jurada de viajeros” de forma electrónica y hasta 48 horas antes del embarque, documento disponible a través de la plataforma C19.
Además, a la declaración debe adjuntarse el resultado negativo de un test PCR para SARS-CoV-2. En caso de viajes aéreos, la normativa indica que la muestra “no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la hora de salida del último vuelo con destino final Chile”.
El peak de detenciones por falsificar o adulterar esta muestra se produjo en marzo (74), mes donde el número de casos de Covid-19 marcó un mínimo de 2.747 contagios y un máximo de 7.626, según cifras oficiales.
El jefe del Departamento de Inspección Secundaria Aeropuerto de la PDI, subprefecto Harry Cerda, explica que la identificación de los test PCR falsos o adulterados se logra “a través del escáner del código QR, ya que al realizar este procedimiento arroja un documento a nombre de terceras personas”.
Además, agrega que “otros formatos de test PCR solo cuentan con números de folio y al ser verificados en la página web del laboratorio estos no existen”. Este trabajo, según detalla, se realiza junto a funcionarios del Minsal, quienes identifican las “primeras inconsistencias” derivando al DEINSA a los infractores.
Pero hay más. Entre el 21 de junio y el 7 de septiembre, la PDI detuvo a 54 personas por falsificar o adulterar la “autorización de viajes al exterior” en el control migratorio de salida del país, número que también es predominado por extranjeros.
Este documento, que se obtiene a través del portal de Comisaría Virtual, permite que personas que no cuentan con su Pase de Movilidad se desplacen hacia el extranjero por el Aeropuerto de Santiago cumpliendo con los “motivos” delimitados por la autoridad sanitaria.
“Al estar en presencia de un documento adulterado y/o falsificado, se detiene a la persona por el referido delito, y luego se informa a la Fiscalía Local de Pudahuel”, explica el subprefecto Cerda, esta última, la que emana la órden de investigar respectiva.
También se han identificado pasaportes o prórrogas de pasaportes adulterados. Al respecto, entre el 5 de julio y el 7 de septiembre de 2021, 44 personas fueron detenidas por falsificar estos documentos. Al desglosar la cifra, 42 sujetos corresponden a ciudadanos venezolanos, de los cuales 40 falsificaron su prórroga y 2 el pasaporte mismo, número que completan 2 individuos de nacionalidad cubana.
Para identificar la veracidad de los pasaportes y sus prórrogas, la PDI revisa a través de una máquina de luces infrarrojas y ultravioletas -VSC 500- las medidas de seguridad de los documentos. Si los papeles no reaccionan al escáner se comprueba que no son idóneos, realizándose posteriormente peritajes en el Laboratorio de Criminalística (Lacrim).
“Por motivos de pandemia, el tiempo de demora para renovar el pasaporte se ha extendido. Un ejemplo de esto es lo que sucede con los ciudadanos venezolanos, quienes para realizar un viaje con destino final Venezuela, en la mayoría de los casos deben realizar un vuelo con escala en México donde la autoridad competente de ese país solicita como documentación el pasaporte vigente”, subraya el jefe del DEINSA.
Nació con el objetivo de dar mayores libertades de desplazamiento para quienes han completado su esquema de vacunación contra el Covid-19, entrando en vigencia el pasado 26 de mayo. Se trata del Pase de Movilidad, documento electrónico que se obtiene desde la página web mevacuno.gob.cl.
Pese a la importancia de este certificado, desde el 29 de julio al 7 de septiembre del año en curso, han sido detenidas cinco personas -4 chilenos y un venezolano- en situación de flagrancia por la PDI en el Aeropuerto de Santiago, en el contexto del control migratorio de salida del país, portando dicho documento sanitario falsificado o adulterado.
El DEINSA lo componen 28 funcionarios, entre ellos oficiales policiales, asistentes, profesionales, técnicos y administrativos. Actualmente, solo se encuentra en dependencias del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez. En regiones, la labor es realizada por un equipo del Departamento de Policía Internacional.
Debate legal
En total, han sido 254 las personas detenidas por la PDI bajo el delito de falsificación o uso malicioso de instrumento público durante el año en curso, respecto a falsificaciones ya señaladas.
Pero, ¿qué significa esta falta? Dos juristas exponen. “El Código Penal no dice expresamente qué es lo que debe ser considerado instrumento público”, comenta desde un inicio el abogado Fabián Jacquin Stalloca, del estudio De la Fuente, Godoy, Gómez y Cía.
A raíz de lo anterior, agrega, “las discusiones de la doctrina y los debates en tribunales han estado centrados en determinar si es instrumento público sólo lo que define el Código Civil en el art. 1699, esto es, el documento autorizado con las solemnidades legales por un funcionario competente, o si debe considerarse también como instrumento público, para los efectos de estos delitos, a otra clase de documentos, que si bien podrían no tener reglamentación legal, sí tienen requisitos preestablecidos para su emisión”.
De los documentos en comento, puntualizó, “el pasaporte y las prórrogas de los mismos claramente deben ser considerados como instrumentos públicos”. No obstante, dice, cuando se trata de documentos electrónicos es necesario recordar la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
La anterior legislación, continúa, exige “expresamente que contengan firma electrónica avanzada para ser considerados instrumentos públicos, o para que tengan los efectos propios de este tipo de documentos”.
Y Stalloca ha litigado sobre el tema. En mayo de 2021, la Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó la resolución de primera instancia de una mujer que enfrentaba cargos por falsificar un permiso de desplazamiento -documento emitido a través del portal de Comisaría Virtual-. La Tercera Sala del tribunal de alzada porteño sobreseyó a la imputada -representada por Stalloca- al determinar que dicho documento carecía de firma electrónica avanzada.
“De esta manera, todos los documentos que se emiten, existen, y se perciben a través de medios digitales, para ser considerados instrumentos públicos, deben necesariamente contar con una firma especial, cuya emisión es certificada por un prestador acreditado, de tal manera que pueda existir fe que el documento fue emitido por quien dice haberlo suscrito”, cierra el jurista.
El penalista Juan Carlos Manríquez, explica que “tratándose de instrumentos digitales, en Chile son instrumentos públicos digitales aquellos que tienen firma electrónica avanzada conforme a la ley. Si carecen de la firma electrónica avanzada, en consecuencia, no son instrumentos públicos y de esa manera no pueden configurar el delito de falsificación, adulteración, o forjamiento de un instrumento público”.
El punto, agrega el profesional, es “si una persona sabiendo o no desconociendo que probablemente se encuentra en la situación de estar contagiado con Covid-19 o alguna de sus otras variantes miente al momento de obtener estos documentos y logra contagiar a otras personas”.
Antes de la pandemia, cuando no existían tres de estos documentos que han sido materia de detenciones por la PDI, el subprefecto Cerda señala que los pasaportes, tanto como las autorizaciones notariales o consulares eran los que predominaban en las infracciones.