Será una Comisión Mixta la que deberá zanjar las discrepancias entre el Senado y la Cámara Diputados en torno al proyecto de ley que modifica el Código Penal en lo relativo al delito de incendio, también conocido como la Ley Juan Barrios, en memoria del conductor que falleció luego de que su camión fuera atacado con un artefacto incendiario.

Si bien el Senado aprobó con 24 votos a favor y 1 abstención la mayoría de las disposiciones de la iniciativa, hubo tres normas que provocaron diferencias entre los senadores.

Se trata de modificaciones introducidas por la Cámara Baja, que fueron rechazadas por la mayoría de los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública con miras a resolverlas en una Comisión Mixta. No obstante, en Sala los senadores del oficialismo pidieron votarlas separadamente pues eran partidarios de mantener lo aprobado por los Diputados.

Fue así que tras un empate de 14 votos, la Sala sometió nuevamente a votación el informe de la Comisión de Seguridad, el que fue aprobado con 15 votos a favor y 14 en contra, dando paso a la formación de una Comisión Mixta.

Discrepancias

Uno de los puntos en los cuales hubo discrepancia es una norma que señala que “los que con violencia o intimidación retuvieren o tomaren el control de automóviles de dos o más plazas o de camiones en la vía pública, impidiendo la libre circulación, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, sin perjuicio de las penas que correspondan por los otros delitos cometidos con ocasión del hecho”.

Otra disposición se refiere a un inciso incorporado al final del artículo 474 del Código Penal (que incorpora nuevos conductas a la tipificación del delito de incendio) que establecía que si los hechos se cometían en contra de “recintos o vehículos policiales, se aplicará la pena de presidio perpetuo o perpetuo calificado”.

El tercer punto de diferencia se refiere a una norma que señala que “si se ejecutare el incendio en recintos o vehículos policiales en los que actualmente hubiere una o más personas, siempre que el culpable haya podido prever tal circunstancia, se aplicará la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo”.

Quienes se inclinaron por mantener lo aprobado por la Cámara manifestaron que tales disposiciones eran adecuadas para enfrentar los ataques incendiarios, mientras que los que respaldaron el informe de la Comisión de Seguridad Pública señalaron que las penas establecidas generaban discordancia con el resto de las sanciones y que además se incorporaba una norma relativa a las barricadas, lo que no era el objeto principal del proyecto.