Se trata de un proyecto de ley que se dio a conocer el mismo día que a nivel mundial se celebra el Día Mundial del Agua, instaurado para generar consciencia sobre su importancia para el desarrollo y subsistencia de la humanidad.
En concreto, la autora del proyecto es la diputada y vicepresidenta de la Democracia Cristiana, Joanna Pérez, quien integra la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación en la Cámara Baja.
De acuerdo a lo señalado por la propia parlamentaria representante del Distrito 21 (zona sur y cordillerana de la región del Bío Bío), la idea es “hacerse cargo de la situación sanitaria” y de la escasez, subrayando en la importancia de asegurar el consumo humano.
En buenas cuentas la idea es que por ley se impida el corte total del suministro y se aseguren 2 metros cúbicos (2 mil litros) mensuales de agua potable para cada integrante de un grupo familiar. Eso sí, no sobrepasando el umbral de los 6 metros cúbicos (6 mil litros) en total por domicilio o conexión a la red.
La diputada manifestó que es un proyecto que va en línea con el que impulsó el año pasado, que a propósito de la pandemia impedía a las empresas distribuidoras cortar los servicios básicos como castigo a una deuda.
Consumo promedio
De acuerdo a un estudio disponible en la página web del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), una familia chilena compuesta por 5 personas ocupa, en promedio, 835 litros de agua potable cada día en temporada de verano y 1.150 en la de invierno.
Por ejemplo, en verano un hogar con 5 integrantes gasta al día 250 litros para ducharse, 300 en las descargas del WC y 80 litros para cocinar y lavar la loza. En invierno, esos mismos ítems son de 360, 300 y 90 litros respectivamente.
Al mes la familia consume en promedio 25 mil litros (25 metros cúbicos) en verano y 34.500 (34,4 metros cúbicos) en invierno.
¿Qué se modificará?
Para conseguir los 2 metros cúbicos asegurados, se pretenden añadir dos artículos al Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 382 dictado por el Ministerio de Obras Públicas en 1988 y publicado en 1989, precisamente para regular materias como agua potable, aguas servidas, alcantarillado e instalaciones sanitarias.
Junto con dejar por escrito la obligatoriedad para las empresas de asegurar un suministro mínimo de agua potable, se indica que las mismas distribuidoras deberán buscar el mecanismo para que cada uno de sus clientes les indique cuántos integrantes tiene el grupo familiar.
En caso que no se confeccione el registro, “la empresa prestadora deberá suponer un número de integrantes no menor de tres personas por domicilio” señala el artículo.
Asegura el pago
No obstante, el consumo no restringido podrá ser cobrado por las suministradoras en el ítem de reposición del servicio que se considerará en la próxima boleta. Es decir, al valor que cobran las empresas por reponer el servicio a su normalidad se le sumarán los metros cúbicos garantizados por ley durante el periodo de interrupción parcial.
“Permitiendo con ello que tanto el usuario afectado por una insolvencia en el pago de sus cuentas de agua y la empresa puedan conciliar sus legítimos derechos a la provisión de agua potable y el cobro de los servicios”, versa la idea matriz.
Esto último, para ir en línea con la legislación vigente respetando los contratos e impidiendo que la norma se pueda prestar para un abuso por parte de los beneficiados.