La Cámara de Diputados aprobó este martes el proyecto de ley que reforma la ley 20 mil de drogas, que contempla entre otros puntos la incautación de bienes a narcotraficantes, por lo que la iniciativa pasará al Senado a un segundo trámite legislativo.
La idea de legislar en general el proyecto fue aprobada por 110 votos a favor, 11 en contra y 18 abstenciones. Mientras que por 122 votos a favor, cuatro en contra y 12 abstenciones, en lo relativo a las normas de quórum de ley orgánica constitucional. En tanto que, en particular, el articulado fue ratificado luego de tres votaciones separadas.
Desde la Cámara destacaron que la iniciativa efectúa “precisiones para regular lo que se entiende por uso personal exclusivo de drogas, así como lo referente a suministrar a menores de edad productos que contengan solventes o gases inhalantes (antes se definían como hidrocarburos aromáticos)”.
También se define una norma que justifica el cultivo de especies vegetales del género cannabis para la atención de un tratamiento médico, al tiempo que se agravan las penas por usar a menores de edad para la comisión de un delito y se pasa a sancionar a quienes administren drogas sin el consentimiento de la persona.
“Se permite el destino provisorio de bienes muebles e inmuebles incautados de los delitos que considera la Ley de Drogas, a una institución del Estado, o previa caución, a una institución privada sin fines de lucro que tenga como objetivo la prevención del consumo indebido, el tratamiento y la rehabilitación de las personas afectadas por la drogadicción o el control o del tráfico ilegal de estupefacientes”, indica el comunicado de la Cámara.
De igual modo, se especifica que los bienes podrán ser destinados provisionalmente a unidades policiales que tengan como objeto la desarticulación de organizaciones criminales destinadas a cometer los delitos relativos a este ámbito.
Además de castigar a personas vinculadas al narcotráfico, el proyecto de ley crea una inhabilidad para las principales autoridades del país que les impide ejercer su cargo si presentan dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico.
Las autoridades que quedan afectas a esta norma son: el presidente de la República, ministros de Estado, subsecretarios, diputados, senadores, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, gobernadores regionales, concejeros regionales, alcaldes, concejales, integrantes del Tribunal Constitucional, fiscales, consejeros o directivos superiores del Banco Central, los jueces y miembros del escalafón primario del Poder Judicial.