A principios de noviembre, Julio Ponce Lerou concretó el pago de una multa de $2.151 millones debido a su rol y participación en el marco del denominado caso Cascadas.
La sanción fue cursada en 2014 por la extinta Superintendencia de Valores y Seguros (SVS, Hoy Comisión para el Mercado Financiero) y llegó a los 1,7 millones de Unidades de Fomento, algo que en octubre la Corte Suprema finalmente redujo a 75 mil UF en línea con un dictamen del TC emitido en 2019.
Así, el monto fue depositado por el mismo expresidente de SQM en la cuenta corriente del 18 Juzgado Civil de Santiago.
No obstante, según consta en documentos judiciales a los que accedió Bío Bío, el empresario recibirá de vuelta todo el dinero pagado tras una orden del mismo tribunal, transacción que BancoEstado deberá realizar a su cuenta corriente personal en el Banco Santander.
¿Por qué? Porque el Consejo de Defensa del Estado (CDE) acudió ante el 18 Juzgado Civil de Santiago para impugnar el pago. Ahora la entidad busca que la sanción sea recalculada.
Lo primero que se reclamó fue que el procedimiento llevado a cabo por su abogado, Jorge Bofill, no se ajustó a la normativa: el multado tenía que hacer el pago ante la Tesorería General de la República, no a la Justicia.
El segundo punto cuestionado satisfactoriamente por el CDE fue el hecho que el defensor pidió calcular los intereses a partir de 2019, cuando el órgano jurisdiccional dio luz verde a la reducción de la cifra a pagar, y no desde 2014, algo que aumentaría en un 111% lo que Ponce Lerou debería desembolsar.
“El tribunal rechaza la solicitud de Julio Ponce atendida la naturaleza del juicio y lo expresamente dispuesto por el artículo 30 del Decreto Ley 3.538 de 1980, acogiendo lo expuesto por el CDE en cuanto a que el actual litigio no es un proceso de cobro sino de reclamación de multa y que la antigua Ley Orgánica de la SVS, Decreto Ley N° 3.538, regula con detalle esta materia al señalar expresamente que el pago debe hacerse ante la Tesorería General de la República”, señaló el CDE este viernes.
El presidente del CDE, Juan Peribonio, valoró el pronunciamiento del tribunal ya que “se aceptaron los fundamentos de la impugnación efectuada por el consejo respecto de la improcedencia del pago pretendido por el reclamante y se ratificó, además, que el cálculo de los intereses realizado no es el correcto”.
Tras ello, Peribonio añadió que “el CDE insistirá en todas las instancias que corresponda en que dicho cálculo se realice de forma correcta, esto es a partir de 2014 y no desde 2019 como pretendía el reclamante”.