Durante la tarde de este viernes expusieron Mario Rojas Sepúlveda y Alejandro Espinoza Bustos, abogados del Ministro del Interior, Víctor Pérez, en la Comisión que analiza la Acusación Constitucional en su contra, sobre los argumentos esgrimidos en la contestación del libelo donde se señala que Carabineros no depende de Interior, sino que de la cartera liderada por Mario Desbordes, específicamente de los Jefes de la Defensa Nacional, debido a que nuestro país se encuentra bajo estado de excepción constitucional por la pandemia.
Argumentos que incluso generaron tensión en el Ministerio de Defensa, lo que llevó incluso a Pérez a aclarar el punto ante la prensa durante la mañana.
Una postura que fue reforzada por la defensa del ministro ante los legisladores: “No se ha señalado por esta defensa de que jerárquicamente (…) esto sea de responsabilidad de otra autoridad, como por ejemplo, el ministro de Defensa. Una cosa es el control institucional, y otra el control jerárquico. La fuerza de carabineros tiene una ley orgánica y este control jerárquico dentro de la normativa de Carabineros de Chile. El control que puede ejercer el ministerio del Interior, de acuerdo a la Ley orgánica de carabineros, es a través del subsecretario del Interior, y es un control de orden institucional, no jerárquico que amerite un responsabilidad como la que se pretende establecer en el libelo acusatorio”.
En tanto, respecto al decreto 104 que establece la entrega de las facultades de orden y seguridad a los jefes de la Defensa en estado de Catástrofe, Rojas sostiene que hay una normativa puntual para el Estado de excepción: “Las normas del estado de normalidad ceden ante el Estado de excepción”, dijo.
En particular, sobre el manejo de terreno, que está bajo los jefes de Defensa Nacional, quienes responden al ministerio de Defensa, señaló que “en eso el ministro del Interior no se puede involucrar”; mientras que sobre el manejo directivo o político durante el paro de los camioneros, “las decisiones de cómo se trató el conflicto de los camioneros son de resorte, competencia, y decisión del señor ministro del Interior. Asume sus conductas, sus decisiones y los fundamentos que tuvo”. Por lo mismo, dijo que les parece “incompetente citar al ministro de Defensa”.
En ese contexto, la presidenta de la instancia, la diputada del PPD, Loreto Carvajal, explicó que “llama poderosamente la atención que en el escrito de contestación se consigne, a juicio de ellos, que el Ministro del Interior y Seguridad Pública no tendría las competencias suficientes en estado de excepción, sino que la responsabilidad derivaría en los jefes de seguridad nacional y particularmente en el Ministro de Defensa”.
En ese sentido, pese a los señalado por los abogados, sostuvo que lo anterior “abre una puerta a una contienda de competencias que merece toda la revisión posible. Para esos efectos vamos a tener el día lunes a las 16 horas al Ministro de Defensa, Mario Desbordes, en la comisión a fin de que nos pueda dar la información requerida y claridad de qué es lo que ocurre en nuestro país cuando estamos en el día de hoy en estado de excepción constitucional”.
“¿Dependemos del Ministerio de Defensa en materia de seguridad interior del Estado, del Ministro del Interior, o de los Jefes de Seguridad Nacional?. Es algo que los chilenos merecemos respuesta y obviamente se abre una discusión interesante, que ha propósito del mérito de la acusación debemos revisar, y concordar en una opinión en los próximos días como Comisión y como Cámara de Diputados”, concluyó la diputada Carvajal.