El presidente Sebastián Piñera presentó los 10 puntos que debería contener una nueva Carta Fundamental, en el que el mandatario aclaró que la postura del Gobierno frente al plebiscito del próximo 25 de octubre "no es neutral”. La oposición criticó el texto y aseguraron que se trata de un resumen de la Constitución actual.

Fue con un documento de tres páginas que el presidente Sebastián Piñera planteó 10 puntos esenciales que -a su juicio- debiera tener una nueva Constitución.

El texto esta semana fue compartido entre sus ministros y en La Moneda señalan que busca destacar los principios básicos de una Carta Fundamental en un Estado democrático, según consignó el diario El Mercurio.

En ese sentido, reafirmó que Chile es una república democrática y con Estado de Derecho. Que el rol del Estado sea más solidario y al servicio de las personas. Asimismo, debe reconocer y amparar a los grupos intermedios, garantizando su adecuada autonomía.

Contenido que coincide con la visión de la centroderecha, según afirmó el presidente de Evópoli, Andrés Molina.

De acuerdo al diario La Tercera, el decálogo expone que “la postura del Gobierno frente al plebiscito no es neutral”, sino que tiene dos objetivos: cumplir con el mandato constitucional de llevar a cabo el proceso constituyente de octubre y que la “Constitución sea un gran marco de unidad y estabilidad de la Nación”.

“La Constitución no resuelve todos los problemas de la sociedad, pero sí debe ser el marco institucional dentro del cual se desenvuelven la política, las leyes y la vida en sociedad. No debe incluir un extenso listado de buenas intenciones ni tampoco de reglamentaciones en detalle para cada institución. Ese terreno le corresponde a la política y las leyes. No podemos pretender escribir hoy y en forma rígida, todas las páginas del futuro”, describe.

El ministro del Interior, Víctor Pérez, valoró la contribución del mandatario al debate constituyente.

En la oposición, el presidente del Partido Radical, Carlos Maldonado, dijo que los 10 puntos planteados por el presidente Piñera son un “simple resumen de la Constitución actual”.

Similar postura tuvo el líder del Partido Socialista, el senador Álvaro Elizalde, quien sostuvo que el mandatario no comprende el proceso social y político que atraviesa el país.

Otros de aspectos abordados por el presidente Piñera apuntan a temáticas como la familia; derechos civiles y políticos; derechos económicos, sociales y culturales, orden público, entre otros.

LOS DIEZ MANDAMIENTOS
(Publicado originalmente por diario La Tercera)

1. Rol del Estado
Chile debe ser una república democrática y con Estado de derecho, en la cual el Estado sea más solidario y esté al servicio de las personas.

El Estado debe reconocer y amparar a los grupos intermedios, garantizando su adecuada autonomía. Además, debe garantizar el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, respetando las normas legales que regulen dicha actividad.

2. Familia

La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y el Estado debe proteger el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos.

3. Derechos civiles y políticos

Es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos humanos. Garantizar la igualdad de todos ante la ley y la protección ante cualquier discriminación o abuso.

Algunos derechos civiles y políticos fundamentales que debe consagrar nuestra Constitución:

– El derecho a la vida y la prohibición de someter a una persona a tortura o tratos degradantes, garantizando siempre su integridad física y psíquica.
– La libertad de expresión, de pensamiento y de religión.
– La libertad de reunión pacífica y la libertad de asociación, lo que permite fundar o ser parte de sindicatos u otras asociaciones.
– La libertad de movimiento, para moverse o permanecer en cualquier lugar del país.
– La presunción de inocencia, el derecho a un debido proceso y a una defensa jurídica.
– El derecho a la propiedad privada, porque nadie puede ser privado de sus bienes y derechos sino por una causa justificada y en virtud de una ley.

4. Derechos económicos, sociales y culturales

– Educación: Deberá ser obligatoria y financiada por un sistema gratuito, hasta la educación media. Las personas tienen el derecho de abrir establecimientos educacionales y los padres el derecho de escoger el establecimiento para sus hijos.

– Salud: El Estado debe garantizar el acceso libre a las prestaciones de salud. Cada persona debe tener el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado.

– Pensiones: El Estado debe tomar medidas para que todas las personas tengan pensiones que les permitan vivir dignamente.

5. Sociedad inclusiva y diversa

Nuestra Constitución debe contemplar mayores mecanismos que permitan una participación ciudadana temprana en algunas decisiones públicas que sean muy relevantes para la Nación.

Además, debe garantizar la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, incluyendo a las minorías sexuales.

La Constitución debe incluir el reconocimiento de los pueblos originarios, pues es un deber del Estado respetar su identidad, cultura y tradiciones ancestrales.

En Chile no debe haber persona ni grupo privilegiado.

6. Orden Público

El deber del Estado de garantizar el orden público y la seguridad nacional, dando protección a la población y a la familia.

7. Medio Ambiente

El Estado debe resguardar el medioambiente para las generaciones futuras, tomando medidas concretas para avanzar en su cuidado. La Constitución debe consagrar el principio del desarrollo sustentable.

8. Separación de los poderes del Estado

La Constitución debe establecer la separación e independencia de los Poderes del Estado, con mecanismos efectivos de pesos y contrapesos.

El Estado debe respetar las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Además, tendrá que reconocer la autonomía de órganos fundamentales para la República como Ministerio Público, el Servel, la Contraloría o el Banco Central.

Es necesario perfeccionar y modernizar el funcionamiento del Tribunal Constitucional.

9. Responsabilidad de las autoridades y transparencia del Estado

Los actos de los órganos del Estado deben ser públicos y transparentes, que deben someter su actuar a la Constitución.

La Constitución debe consagrar el estricto cumplimiento al principio de probidad en el ejercicio de la función pública.

Ninguna persona puede atribuirse otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.

La responsabilidad fiscal y macroeconómica del Estado.

10. Descentralización

La descentralización de la administración del Estado. Para ello, los órganos del Estado deben promover el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas.

Es necesario un compromiso decidido en favor del proceso de descentralización, para lo cual debemos consagrar constitucionalmente y en forma mucho más efectiva una real distribución de potestades locales, regionales y nacionales. Decisiones políticas, administrativas y fiscales.