El subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, también se refirió al fallo de la Corte Suprema que rechazó el recurso de amparo presentado en favor del Machi Celestino Córdova, afirmando que “es claro” en indicar que esta “no es la vía adecuada”.
El recurso había sido presentado para que Celestino cumpliera seis meses de su condena en su comunidad. Sin embargo, la acción fue rechazada por cuatro votos a favor y uno en contra.
Ante esto, Galli señaló que el fallo es “contundente” y “claro en señalar que no es el recurso de amparo la vía adecuada para cuestionar los fallos ya ejecutoriados” por otros tribunales.
Asimismo, destacó una de los argumentos esgrimidos por uno de los ministros, en lo referido al cumplimiento del Convenio 169 de la OIT para los Pueblos Originarios, que también es una de las peticiones de Córdova.
El artículo 10 del convenio menciona que, cuando se trate de sanciones penales, debe darse preferencia a “tipos de sanción distintos del encarcelamiento”.
Sobre este punto y basándose en lo que habría indicado un ministro, Galli declaró que este artículo “no es autoejecutable, requiere una ley interna que lo ejecute. Pero en segundo lugar, cuando se aplica, debe tener en cuenta el resto del ordenamiento jurídico”.
“Porque o si no llevaría al absurdo de que una persona, por el sólo hecho de ser miembro de un pueblo indígena, no podría nunca, cualquiera sea el delito y la gravedad, cumplir una sentencia condenatoria en un recinto carcelario”, concluyó.
Se espera que durante la tarde se conozca alguna reacción del propio Celestino Córdova, a través de sus vocerías, sobre el mencionado fallo. En tanto, el machi ya cumple 102 días en huelga de hambre.