Luego de que el pasado lunes se aprobara una indicación en la Ley de Presupuestos 2020 que da a entender la permisión de construir ciertos embalses sin la necesidad de que estos deban ingresar al sistema de evaluación de impacto ambiental, un grupo de diputados presentó un requerimiento de inconstitucionalidad ante el el Tribunal Constitucional (TC).
En específico, la indicación, que ya fue aprobada junto con la Ley de Presupuestos 2020, señala que, a raíz de la situación de escasez hídrica, “la Comisión Nacional de Riego podrá permitir la postulación a concursos (…) de embalses de volumen superior a 50.000 metros cúbicos e inferior a 300.000 metros cúbicos, sin importar la altura de su muro, sin que estos deban ingresar al sistema de evaluación de impacto ambiental”.
Asimismo, indica que “los proyectos que no postulen a los concursos de la Comisión Nacional de Riego, pero que sean de la misma naturaleza que los antes mencionados, tendrán las mismas exenciones”.
Por lo anterior, 41 diputados presentaron el requerimiento ante el TC, pues estiman que la disposición vulnera el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, además que se intenta incorporar, de manera inconstitucional, según dicen, la glosa que se impugna.
En la misma línea, consideran infringida la igualdad ante la ley, puesto que todas las obras de riego, drenaje, obras de puesta en riego, equipos y elementos de riego mecánico o de generación, entre otras, deban ingresar obligatoriamente al SEIA.
En el texto explican que “salta a la vista de inmediato que una norma de la naturaleza de la que se transcribe, no se corresponde con una ley de presupuestos, sino con una norma de fondo sobre el cumplimiento ambiental de los proyectos de embalses. Salta también a la vista que la redacción poco prolija de la norma importa que se pueda al menos tener dos interpretaciones diferentes y contradictorias”.
Interpretaciones de la indicación según diputados:
(i) Los embalses entre 50.000 y 300.000 metros cúbicos pueden postular a los concursos de la ley 18.450 de manera previa a su evaluación ambiental, pero de todos modos requerirán de ella, o,
(ii) Los embalses de entre 50.000 y 300.000 metros cúbicos quedan exentos de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Sin embargo, el Ministerio del Medio Ambiente aclaró en su cuenta de Twitter que la “indicación sólo establece una exención para postular a financiamiento (a concursos de la Comisión Nacional de Riego u otros) pero para su construcción se requerirá siempre de los permisos ambientales obtenidos en el proceso de evaluación en el SEIA”.
Planteada la acción de inconstitucionalidad, le corresponderá al Tribunal Pleno decidir sobre su admisión a trámite y posterior admisibilidad, para luego emitir un pronunciamiento sobre el fondo.