La Décimo Primera Sala tributaria de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la prisión preventiva en contra del funcionario del Servicio de Impuesto Internos, Eduardo Inostroza, involucrado según la Fiscalía Oriente en un fraude al IVA de 2 mil 700 millones de pesos.

De esta forma, los magistrados del tribunal de alzada capitalino revirtieron la determinación del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago que rechazó la solicitud de la Fiscalía Oriente en base a que, el éxito de la investigación, podía resguardarse con una cautelar de menor intensidad como el arresto domiciliario total.

El fiscal, Carlos Gajardo, argumentó que existía una especial gravedad en las acciones desplegadas por Inostroza, porque ejercía como funcionario público en el SII donde habría cometido delitos como el “uso malicioso de cuño“, en el timbraje ilegal de facturas, junto al delito de cohecho al recibir coimas para facilitar esta documentación ilegal.

En esta causa, donde ahora se encuentran en prisión preventiva los tres involucrados en el caso, fue fundamental el inédito uso de escuchas telefónicas por parte de los perseguidores en coordinación con la PDI ya que se estableció, explicó el Ministerio Público, el actuar concertado entre los imputados.

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De esta forma, las interceptaciones teléfonicas fueron consideradas como medio de prueba esta mañana por los jueces de la sala tributaria.

En esta causa fue formalizado el contador Óscar Lobos, quien habría cohechado al empleado público para obtener las facturas falsas. Todo derivó en el fraude de la empresa Promociones y Modelos donde se incorporaron de forma mensual y por siete años, facturas falsas por 100 millones de pesos. El dueño de la firma, Eric Toro Bustos, tras ser formalizado también cumple con la máxima medida cautelar.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)