El diputado de El Salvador, Christian Guevara, jefe de fracción de Nuevas Ideas, aseguró que el presidente Nayib Bukele, renunciará seis meses antes en periodo presidencial y nombrará un designado que finalice su actual periodo.
“Él va a renunciar en diciembre, va a designar un designado presidencial, valga la redundancia, y esta persona va a ser la que va a terminar sus seis meses de mandato que le restan”, afirmó.
Se trata de una jugada de Bukele, quien inscribió su precandidatura para buscar la reelección en 2024, pese a ser inconstitucional. Este mecanismo de renuncia, sería su carta para participar en las elecciones.
Afirman que Bukele renunciará a la presidencia del El Salvador
¿Renuncia o licencia?, preguntó el entrevistador a Guevara. “No. Tiene que renunciar”, reiteró el funcionario salvadoreño.
“Él va a someterse a este proceso de elección, va a participar como candidato, el 4 de febrero del año que viene y, si los salvadoreños deciden, va a seguir; y si los salvadoreños consideran que ha hecho un mal trabajo, pues, se le va a dar la oportunidad a otro candidato”, añadió.
Además, Guevara a la resolución del 3 de septiembre de 2021 que habilitó la posibilidad de reelección presidencial en periodo inmediato.
El parlamentario citó el artículo 152 de la Constitución, que indica que el presidente Bukele “podía optar a la reelección mientras no ejerciera el poder seis meses antes de finalizar su mandato”.
El artículo 152 indica que “no podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1o. El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.
Por qué no podría postularse y qué se necesita para que renuncie
Organizaciones no gubernamentales insisten en que la reelección presidencial en periodo inmediato está prohibida por la Constitución por al menos seis artículos.
Por ejemplo, el 154, que indica que quien haya ejercido la presidencia no podrá “continuar en sus funciones ni un día más”, o el 248 que considera la alternancia presidencial como irreformable.
Según la Constitución salvadoreña, el presidente deja su cargo, por muerte, renuncia, remoción u otra causa, lo sustituirá el vicepresidente o a falta de este el primer designado.
Y si este falta lo designará la Asamblea Legislativa; y el cargo es renunciable por causa grave debidamente comprobada que calificará la Asamblea.