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Resumen automático generado con Inteligencia Artificial
A partir del 1 de enero, se aplicará una retención del 14,5% a quienes emiten boletas a honorarios, en reemplazo del 13,75% que regía hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta retención aumentará gradualmente en 0,75% anual hasta alcanzar el 17% en 2028. La Ley N°21.133 del 2019 estableció la cotización obligatoria para estos trabajadores, equiparándolos en protección social a los dependientes, permitiéndoles acceder a beneficios como asignaciones familiares, seguro contra riesgos laborales, pensiones, salud y más. La declaración de impuestos al SII determina los montos de cotización, canalizados a través de la Tesorería General de la República hacia las entidades previsionales correspondientes.
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Desde este año, a todas las personas que emiten boletas de honorarios se les aplicará una retención del 14,5%.
De hecho, eso ya está vigente desde el 1 de enero.
Hasta el 31 de diciembre de 2024 la retención fue de 13,75%.
Por ejemplo, y considerando el nuevo cálculo que se realizará automáticamente cada vez que un contribuyente emita una boleta a honorarios, la retención será así:
-Contribuyente cobró $100.000.
-Cálculo de retención 14,5%: $14.500 (sobre lo que se cobró).
-Finalmente, el contribuyente recibirá $85.500.
Cabe remarcar que el aumento en la retención será de 0,75% por año, hasta llegar a 17% en 2028.
¿Por qué aumenta la retención?
Tanto el Servicio de Impuestos Internos (SII) como la Subsecretaría de Previsión Social recordaron que, con la Ley N°21.133 del año 2019, se inició la cotización obligatoria de los trabajadores que emiten boletas de honorarios, incorporándoles a los regímenes de protección social y otorgándoles la misma cobertura de quienes trabajan de manera dependiente.
Para este efecto, la obligación de cotizar se vincula a la declaración anual de impuesto a la renta efectuada en el SII, quien determina los montos de cada cotización e informa a la Tesorería General de la República (TGR), para transferir estos pagos a las entidades previsionales correspondientes.
De esta manera, con el pago de la cotización en la Operación Renta se obtiene acceso a las siguientes coberturas previsionales: Asignaciones familiares, Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP); Pensiones de Invalidez, Sobrevivencia y Vejez, Cuota mortuoria, Sistema de salud, Seguro de Acompañamiento para Niñas y Niños (Ley SANNA).