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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección contra AFP Modelo y le ordenó restituir una cantidad descontada de forma arbitraria de la cuenta de capitalización individual de un afiliado, ascendente a $65.510.564. El tribunal determinó que la AFP actuó ilegalmente al retener ese monto, que incluía cotizaciones adeudadas y comisiones por la administración de los fondos. Se estableció que el afiliado debía tener la libertad de decidir dónde colocar sus fondos previsionales y se ordenó a Modelo devolver la suma descontada, sin deducciones, para que el saldo total de la cuenta correspondiera a la cantidad inicial de $664.715.329.

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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección interpuesto en contra de la AFP Modelo y le ordenó restituir una cifra que descontó “en forma arbitraria” desde la cuenta de capitalización individual de una persona que previamente no cotizaba ahí, pero que en el proceso se enteró que alguna vez lo afiliaron a dicha administradora.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada estableció que hubo un “actuar ilegal de la AFP”, al negarse reiteradamente a reintegrar a la cuenta de capitalización individual del afiliado -de profesión abogado- la suma de $65.510.564.

Ese monto, detalló el fallo disponible en el Poder Judicial, la administradora lo dedujo de un total transferido electrónicamente, por concepto de cotizaciones previsionales adeudadas del exempleador ($664.715.329, por parte de la Municipalidad de Las Condes).

Al consultar por los más de $65 millones que notó que faltaban en su cuenta, la AFP le informó al profesional que se debía a que en dicho monto también estaba considerado el pago que debe realizar el empleador por concepto de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS); y la comisión correspondiente a la administración de fondos como AFP.

La Corte analizó el caso y determinó que la AFP resolvió, arbitrariamente, “descontar determinadas sumas de dineros de fondos previsionales que en ningún momento se le ha solicitado administrar y mucho menos aceptar los cargos de administración que se le impone, considerando que se hizo previo a ello solicitudes de desafectación ante la propia AFP y la Superintendencia respectiva”.

Al afectado, en este caso, le resultó imposible administrar la totalidad de sus fondos previsionales en la entidad que correspondía (en este caso IPS) y no una fracción de estos, es más, se le dijo que por tener los dineros en una cuenta de rezago, aquello costaba más de $60.000.000, lo que obviamente no resultaba admisible”, añadió el fallo.

Para el tribunal de alzada, Modelo actuó “ilegítimamente como dueña de aquellos fondos”, decidiendo cómo administrarlos y percibiendo comisiones por un extenso lapso de varios años, en los cuales “ni siquiera tuvo parte de los dineros bajo su administración”.

Se remarcó que por los antecedentes del caso, debió ser el profesional quien decidiera dónde colocar sus dineros previsionales, ya sea afiliándose o no a una AFP determinada, o perseverar bajo la administración del Instituto de Previsión Social.

Por todo, Modelo deberá restituir a la cuenta de capitalización individual del abogado la suma de $62.510.564, “sin ninguna deducción de ninguna naturaleza”, de tal forma que “el saldo de dicha cuenta corresponda a la fecha de su apertura, a la suma única y total de $664.715.329”, se ordenó, según consigna el fallo.