El Decimotercer Juzgado Civil de Santiago condenó al Banco Santander Chile a pagar una indemnización de $4.101.444 por concepto de daño emergente, a una clienta que fue víctima de un fraude por suplantación de identidad (phishing).
En el fallo se estableció la responsabilidad de la entidad bancaria “por no adoptar las medidas de seguridad para evitar o advertir a tiempo operaciones fraudulentas”.
Todo sucedió el día 7 de noviembre de 2021 entre las 7:46 am y las 8:22 am: en ese lapso de poco más de media hora, él o los delincuentes efectuaron 6 operaciones por un monto total ascendente a $6.180.620, afectando directamente a la clienta.
“(…) No consta ni se ha alegado por ninguna de las partes que el Banco haya emitido alerta alguna a la usuaria acerca de esta circunstancia, a pesar de lo altamente irregular que resulta que en un período de tiempo tan exiguo se realicen operaciones por un monto tal elevado”, señaló el Juzgado.
Para el tribunal, lo anterior fue particularmente relevante “teniendo en consideración que, de acuerdo al artículo 6 de la ley 21.234” es el banco quien debe “adoptar las medidas de seguridad necesarias para prevenir la comisión de los ilícitos”.
Por último, se subrayó que Santander no adoptó medidas de seguridad (alerta, bloqueo o notificación) y que fue la propia víctima quien reportó la circunstancia.