Este sábado 1 de abril se dio inicio al periodo de Declaración de Renta 2023, donde quienes realicen sus declaraciones desde hoy hasta el 8 de abril recibirán su devolución de impuestos el 20 de abril, en un plazo más breve que en años anteriores y que rige para quienes opten por transferencia electrónica.
Cabe recordar que desde el 28 de marzo está disponible en el sitio del SII la propuesta de Declaración de Renta que el Servicio construyó para más de 3,6 millones de contribuyentes (personas y empresas), para que puedan revisarla, verificar que la información es correcta y, si es así, aceptar y enviar el formulario.
Este año, el Servicio de Impuestos Internos espera recibir más de 4,5 millones de Declaraciones de Renta, de las cuales, el 34,4% corresponde a empresas (1.550.000). En tanto, de las más de 3,6 millones de propuestas de Declaración que ofrecerá el Servicio, 2,4 millones corresponden a personas y más de 1,2 millones, a empresas, las que contarán con una propuesta total o parcial.
El calendario del proceso de Operación Renta se detalla a continuación:
Medidas de Asistencia y facilitación
Para facilitar este proceso para los contribuyentes, se han implementado una serie de medidas que buscan hacer más simple la Declaración de Renta para personas, empresas e intermediarios.
Por ejemplo, se están habilitando más de 120 puntos de atención presencial a lo largo del país, para resolver las dudas y apoyar en su declaración a los contribuyentes. En esta atención presencial, el SII cuenta con el apoyo de diversas entidades públicas y privadas, como municipalidades, centros comerciales, universidades y centros de formación técnica.
El Servicio triplicará también su dotación para reforzar la atención remota que entregará durante este periodo a través de la mesa de ayuda telefónica y el contacto web. En paralelo, está realizando charlas y ofreciendo e-learning con las principales novedades y características de esta Operación Renta.
Además, a través de su sitio web, el SII puso a disposición de empresas y personas un nuevo Asistente de Enajenación de Acciones, que los apoyará, con una guía paso a paso, para cumplir con la declaración de estos ingresos. Esto, porque la Ley N°21.420 estableció un nuevo Impuesto Único para las enajenaciones de los instrumentos con presencia bursátil, a partir del 2 de septiembre de 2022.
Énfasis de Cumplimiento Tributario
Otra novedad de este año es que el SII contará con una nueva fuente de información, dado que está vigente la obligación para que instituciones bancarias y financieras entreguen a la institución antecedentes sobre saldos y abonos en cuentas bancarias desde 1.500 Unidades de Fomento, a través de la Declaración Jurada 1955.
Operación Renta
En materia de cumplimiento tributario, el foco definido para este proceso de Renta es la revisión y análisis de los contribuyentes obligados a declarar, que no cumplen con esta responsabilidad. De esta forma, se pondrá especial atención en:
Declaración de la justificación de inversiones: El SII verificará que las inversiones, gastos y/o desembolsos registrados en el año comercial 2022, estén respaldados por todos los ingresos informados por el contribuyente y sus agentes retenedores. Si los ingresos no son concordantes con las inversiones, gastos y/o desembolsos, el contribuyente deberá demostrar la disponibilidad de los fondos con los cuales las realizó.
Altos Patrimonios: Los contribuyentes de altos patrimonios deben declarar e incorporar todos sus ingresos, porque el SII ha detectado que de los contribuyentes que forman parte de esta nómina, 15 mil declaran en tasas de Impuesto Global Complementario exenta o del 4%. Este segmento tiene un mayor conocimiento de la norma tributaria, por lo que su responsabilidad es mayor.
Reliquidación del Impuesto Único de Segunda Categoría: Aquellos trabajadores dependientes y pensionados que perciban sueldos o pensiones de más de un empleador o pagador, están obligados a efectuar una reliquidación del Impuesto Único de Segunda Categoría, lo que se debe efectuar en la Declaración de Renta.
Arriendos de bienes raíces: En esta Declaración de Renta 2023 se deben incorporar los ingresos obtenidos por el arriendo de los bienes raíces propios o que tenga en usufructo, como por ejemplo: bienes raíces habitacionales que no sean DFL2, bienes raíces comerciales, estacionamientos, y bodegas, entre otros.
Enajenación de bienes raíces con utilidad sobre las 8.000 UF: Si al enajenar o vender uno o más bienes raíces se obtiene un mayor valor que supere las 8.000 UF, la regla general es que siempre se grave con impuestos, ya sea Impuesto Global Complementario o Impuesto Sustitutivo del 10% sobre la renta obtenida; es por ello, que el SII ofrece un asistente para apoyar este cálculo y que sea declarado sin inconsistencias.
Pago del Préstamo Solidario del Estado y Cotizaciones Previsionales
En esta Operación Renta, corresponde que más de 1,8 millones de personas que solicitaron el Préstamo Solidario 2020 y 2021 paguen la segunda y primera cuota del beneficio, respectivamente.
Hay que recordar que, si las retenciones adicionales del 3% realizadas durante 2022 superan el monto de la o las cuotas a pagar, el excedente se devolverá íntegramente o, si la persona lo prefiere, podrá abonarse al saldo pendiente del préstamo.
Para facilitar el proceso de pago para estas personas, nuevamente se habilitó un sistema de consulta en línea de los beneficios que solicitó cada persona durante 2020 y 2021. Además, corresponde que paguen sus cotizaciones previsionales más de 540 mil trabajadores a honorarios, que podrán optar por una cobertura total, del 100%, o por una parcial, del 47%.