Quizás no lo sabías, pero el Estado entrega un monto de dinero a padres o madres trabajadoras que se encuentren esperando un hijo –llamado Subsidio o Asignación Maternal– además de un beneficio, una vez nacido este, nombrado Subsidio para el Recién Nacido.
Es importante destacar que para poder acceder al segundo beneficio, es necesario haber recibido el Subsidio Maternal.
De acuerdo a Chile Atiene, las asignaciones son para quienes perciben ingresos, cotizan en el sistema previsional y pueden proveer a sus familias. En cambio, los subsidios son para personas que no perciben ingresos y no cuentan con cotizaciones ni pueden sustentarse económicamente.
Asignación Maternal
El Subsidio Maternal o Asignación Maternal es un monto que paga el Estado, a embarazadas dependientes e independientes o sus cónyuges, que pertenezcan al 60% de familias de menores recursos del Registro Social de Hogares.
Para el caso de la asignación, esta se entrega a mujeres embarazadas que sean trabajadoras dependientes o independientes y que ganen menos de 907.672 pesos.
Para las trabajadoras dependientes, el dinero lo paga el empleador, por medio del sueldo. En tanto, independientes con boletas de honorarios, lo reciben junto con la devolución de impuestos.
Subsidio Maternal
Por otro lado, el Subsidio Maternal está garantizado a las madres que pertenezcan al 60% de familias de menores recursos, de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH) y que no coticen en una AFP, ni tampoco en Fonasa o Isapre.
La ayuda se puede solicitar a contar del quinto mes de embarazo, pero se paga por todo el periodo de gestación, de manera retroactiva.
Cabe destacar que este subsidio es incompatible con otros ingresos o derechos similares (Asignación Familiar, ingreso por concepto de trabajo y/o derecho al prenatal y postnatal).
Subsidio para el Recién Nacido
El Subsidio Familiar al Recién Nacido es un monto que paga el Estado, por 3 meses desde el nacimiento del hijo de una persona que recibió el Subsidio Maternal.
¿Cuáles son sus requisitos?
Haber recibido Subsidio Maternal. Presentar el certificado o acta de nacimiento del(la) niño/a en la oficina de subsidios del municipio. El causante debe tener, a la fecha de postulación, tres meses de edad como máximo. El causante debe estar registrado previamente en el Registro Social de Hogares.