Agencia UNO

Quedó listo para ser Ley: Pasajeros podrán ceder tickets aéreos o retractarse de la compra

Por Verónica Reyes
Con información de Senado de Chile.

03 noviembre 2021 | 11:15

Un pasajero podrá ceder su ticket hasta las 24 horas anteriores al horario del vuelo; y también podrá poner término unilateralmente al contrato de transporte aéreo en vuelos nacionales, con derecho al reembolso completo de lo pagado y sin descuentos.

A un paso de convertirse en ley quedó el proyecto que permite a los pasajeros de vuelos nacionales ceder sus tickets aéreos hasta dos veces al año, luego que la Sala del Senado aprobara por unanimidad el informe de la Comisión Mixta que zanjó las diferencias que surgieron entre ambas ramas del Congreso.

La iniciativa permitirá también que los pasajeros se retracten de su compra y reciban el reembolso de esta.

El proyecto tuvo su origen en distintas mociones y en lo fundamental “regula la cesión del derecho a ser transportado en vuelo de cabotaje; regula la cesión del pasaje y el derecho a retracto en la compra”, detalló la Cámara Alta en un reporte de prensa.

Cómo funcionará

Un pasajero podrá ceder su ticket hasta las 24 horas anteriores al horario del vuelo, de manera presencial o a través de la página web de la aerolínea. Podrá hacerlo hasta por un máximo de dos veces en el año, a razón de una por semestre, bajo determinadas condiciones.

Asimismo, un pasajero podrá poner término unilateralmente al contrato de transporte aéreo en vuelos nacionales, con derecho al reembolso completo de lo pagado y sin que se le pueda aplicar descuento alguno.

Lo anterior, si lo hace dentro de las 48 horas posteriores a la adquisición de un pasaje, cuya salida se encuentre programada para dentro de los 7 días corridos siguientes; o dentro de los 7 días posteriores, contados desde la fecha en la que se compra el pasaje, cuando se trate de vuelos que deban realizarse en un plazo igual o superior a los 180 días desde la adquisición del pasaje.

Además, se sancionará las transgresiones a las normas de cesión voluntaria y gratuita de pasajes aéreos nacionales con multa de 11 a 20 UTM ($588 mil a $1.070.000, aproximadamente) pudiendo éstas aumentar a un rango de 21 a 30 UTM ($1.123.000 a $5.348.000, aproximadamente) y presidio menor en su grado medio, en caso de reiteración de dichas conductas.