Durante la mañana de este lunes, la subdirectora de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII), Carolina Saravia, se refirió al funcionamiento del procedimiento para la elegibilidad y solicitud del Bono de $500 mil que se encuentra entregando el Gobierno.
En ese sentido, Saravia explicó que aquellos trabajadores dependientes que no declararon haber recibido un ingreso formal durante julio pese a que sí lo recibieron, eventualmente deberán devolver lo solicitado, en los casos que explicó, según contó en 24 Horas.
Sobre el procedimiento, mencionó que el trámite consta en “ingresar a la página del Servicio, donde nosotros le calculamos el Bono en base a los antecedentes de la persona respecto de sus ingresos durante el año anterior y respecto de también sus ingresos durante el mes de julio, especialmente en el caso de los trabajadores independientes y los empresarios individuales”.
“En el caso de los trabajadores dependientes, si está sujeto a un seguro de cesantía también le presentamos el monto que recibió en el mes de julio o le solicitamos complementar esa información para efectuar correctamente el cálculo de la disminución de los ingresos”, sostuvo.
Agregó que “solo en el caso de los trabajadores dependientes (…) que en el mes de julio ellos vieron reducidos sus ingresos, pero igual tienen un sueldo por esa reducción pactada con su empleador o porque consiguieron otro trabajo, entonces ellos deben ingresar ese sueldo”.
“Lo que tienen que poner (en ese cero) es el valor antes de impuestos, es el bruto pero descontado de las cotizaciones previsionales”, explicó.
Consultada sobre las personas que se han equivocado en ingresar dicho monto, señaló que “una persona que puso cero, pero la disminución de sus ingresos no era un 30% o más, entonces a esa persona no le correspondía el Bono, y en esos casos nosotros sí estamos construyendo un mecanismo para que estas personas puedan devolver el Bono, porque si esa fue la situación, a esa persona no le correspondía, pero si es un 30% o más yo diría que la persona no se tiene que preocupar”.
“La disminución del 30% se calcula dependiendo de estos tres tipos de categoría, dependiendo de si es dependiente, independiente o empresario individual. La gran mayoría de las personas son dependientes”, indicó.
Asimismo, mencionó que el monto “se calcula con los sueldos que tuvieron durante el año 2019, pero la Ley es bien explícita en indicar que no se consideran los meses en donde esa persona no tuvo trabajo, por lo tanto, el promedio que se calcula es respecto de los meses en que trabajo durante el año 2019″.
Consultada sobre si el Ingreso Familiar de Emergencia converge con el Bono de $500 mil, confirmó que “se complementan. Es hasta $500 mil pesos el bono. Si la persona recibió Ingreso Familiar de Emergencia, eso se descuenta de los $500 mil pesos, y para eso el Ministerio de Desarrollo Social nos entregó esa información y por lo tanto nosotros hacemos también el cálculo, el descuento, y a la persona le va a corresponder el bono, pero en la diferencia”.