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¿Qué pasa con los límites de montos de la Cuenta RUT cuando las AFP transfieran el 10%?

Por Christian Ovalle
Con información de Radio Bío Bío.

27 julio 2020 | 12:54

A la espera de que la ley sobre el retiro del 10% de las AFP se publique en el Diario Oficial, el Superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, habló con La Radio para aclarar varias dudas de los auditores.

Una de las dudas que más se repiten es qué pasa si es que el monto que actualmente se tiene en la Cuenta RUT, más lo que se depositará por parte de la AFP, supera los 3 millones que acepta como límite máximo el servicio de Banco Estado.

“Lo que se está trabajando con Banco Estado y las AFP es que los depósitos se pueden hacer íntegros en la Cuenta RUT. Sin embargo, para el retiro no va a poder retirar los 4.3 millones íntegros, sino que va a tener que someterse a los montos máximos que hay para retirar, ahí rigen los límites establecidos hoy en día”, explicó Macías.

También comentó que la opción que hay que elegir respecto a los porcentajes al momento de hacer la solicitud corresponde al monto total que se puede sacar en esta extraordinaria situación.

“Va a aparecer en el formulario, cuando la persona ingrese la solicitud, si quiere retirar el monto máximo o un valor menor. Entonces se le va a preguntar si es que quiere retirar el monto máximo, va a aparecer el 100% y si la persona marca el 100% significa que la persona va a retirar todo lo que es posible. La persona puede poner cualquier porcentaje”, aclaró.

Otras dudas:

¿Las personas que viven en el extranjero y no cotizan hace años, pueden retirar su dinero?

“Cuando hagan la solicitud en su administradora tienen que señalar esa condición y entregar los datos de la institución financiera a la cual le quieren traspasar el dinero. Lo más importante es que pongan su información de contacto para que las administradoras lo puedan contactar y transferirle el dinero en una cuenta en el exterior. El dinero también lo puede retirar algún familiar con un poder”.

¿Si algún extranjero tiene la cédula vencida?

“Salió un decreto hace un tiempo que le dio un tiempo de un año a las cédulas vencidas. Si están en ese plazo pueden hacerlo con esa cedula. En el caso de que no tengan cédula, la AFP le entrega al afiliado un número identificatorio de cotizante y eso con la clave simple de AFP se puede hacer el trámite. Si no tiene nada de eso tiene que llamar a la administradora para regularizar su situación”.

¿Las pensiones de viudez pueden acceder al beneficio?

“La reforma constitucional no hizo discriminación, por lo tanto sí pueden sacar el dinero”.

¿Se puede dividir los porcentajes de las cuotas?

“Tiene que ser en dos cuotas iguales, salvo que tenga menos de un millón, ahí es en una cuota solamente”.

¿Se pueden hacer traspasos multifondos en el proceso del retiro del 10%?

“Hemos señalado que mientras esté vigente la solicitud de retiro de fondo no se puede hacer traspaso entre multifondos. Lo que ha estado ocurriendo es que en los últimos traspasos de fondos se han estado moviendo entre 5 mil a 6 mil millones de dólares y ahora el monto máximo de retiro podría llegar a 20 mil y eso podría impactar negativamente en los precios de los instrumentos y afectar a los afiliados.

Si una persona esta haciendo un traspaso de fondo y hace la solicitud para el retiro prima el retiro y la solicitud de traspaso de fondos queda congelada hasta que el retiro de pague”.

¿Puedo retirar una parte ahora y otra en un par de meses?

“Hay un año de plazo y el retiro se puede hacer una sola vez. Después no lo puedo volver a hacer, no se puede ir a haciendo por pedacitos”.

¿Los jubilados con renta vitalicia tiene derecho al beneficio?

“La renta vitalicia es una modalidad de pensión en que el afiliado cuando llega al momento de jubilarse le transfiere la propiedad de sus recursos a una compañía de seguros de vida. A cambio le da una pensión vitalicia en UF por toda su vida y luego su beneficiario de sobrevivencia cuando fallece el afiliado. En este caso la persona pierde la propiedad de sus recursos por lo tanto no hay posibilidad de retiro”.

¿Los pensionados del IPS pueden acceder al beneficio?

“Ellos están recibiendo un pago que les está haciendo el Estado, por lo tanto no tiene propiedad de los fondos”.

Cuando las personas hacen la solicitud, ¿La AFP le dice cuánto va a sacar en 10 días más y también en 30 días más?

“Sí, pero es importante señalar que los fondos de pensiones tiene expresado el ahorro en cuotas. Las cuotas tienen un equivalente en pesos, así como una UF. Estas cuotas varían por la rentabilidad que van teniendo las inversiones. Lo que va a ocurrir es que la persona hace la solicitud, la AFP va a ver cuantas cuotas tiene y le va a decir referencialmente cuánto vale la cuota en es momento. Es seguro que va sacar el numero de cuotas pero el valor cuota va a ser el que esté vigente al momento del pago, entonces ahí puede haber un gap pequeño para arriba o para abajo, entonces nunca va a ser el monto exacto”.