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6 claves que deberías saber sobre la Ley de Teletrabajo

Por Francisca Rivas
La información es de blogist

27 abril 2020 | 18:49

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Lunes 27 Abril, 2020

6 claves que deberías saber sobre la Ley de Teletrabajo

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Debido a la pandemia por coronavirus, en nuestro país -al igual que en muchas partes del mundo- gran cantidad de trabajadores han tenido que comenzar a laborar desde sus hogares, cuando sus funciones lo permiten.

Por ello, recientemente fue promulgada la Ley de Trabajo a Distancia y Teletrabajo, que regula este sistema tan usado por estos días.

Si aún no la conoces bien, aquí te contamos los principales aspectos que deberías conocer al respecto.

1- La diferencia entre trabajo a distancia y teletrabajo
Ambos conceptos no significan lo mismo. De acuerdo a la legislación, «es trabajo a distancia aquel en el que el trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos de los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa”.

En cambio, es teletrabajo cuando “los servicios son prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o si tales servicios deben reportarse mediante esos medios”, indica la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN).

2- Cuentas con los mismos derechos
Cuando teletrabajas o trabajas a distancia, cuentas con los mismos derechos que todos los empleados, establecidos por el Código del Trabajo, incluyendo los relativos a remuneración y accidentes laborales.

3- Tienes derecho a desconexión
Aunque trabajes desde tu casa, también tienes un derecho a desconexión.

“El empleador deberá respetar su derecho a desconexión, tiempo en el cual el trabajador no estará obligado a responder sus comunicaciones, órdenes u otros requerimientos. El tiempo de desconexión deberá ser de, al menos, 12 horas continuas en un periodo de 24 horas”, sostiene el Congreso.

Y añade que “el empleador no podrá establecer comunicaciones ni formular órdenes u otros requerimientos en días de descanso, permisos o vacaciones”.

4- El empleador no puede supervisar tu casa
«El empleador no podrá ingresar al lugar de trabajo, si es el domicilio del trabajador o el de otra persona, a menos que sea autorizado por ellos”, establece el Congreso, y acota que tus jefes pueden “pedir al organismo administrador del seguro contra accidentes laborales y enfermedades profesionales que vaya al domicilio para verificar el cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud, siempre con la autorización del trabajador”.

5- Puedes trabajar más de 45 horas semanales
El tema de los horarios de trabajo es algo complejo. Existen varias opciones que se pueden pactar, y una de ellas implica trabajar más de las 45 horas semanales que establece el Código del Trabajo.

Según el portal gubernamental ChileAtiende, las siguientes son las alternativas que se pueden pactar para trabajo remoto:

-Todo o parte de la jornada laboral, combinando tiempos de trabajo de forma presencial en establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa con tiempos de trabajo fuera de ella.

-Si las funciones del trabajador a distancia lo permiten, las partes podrán acordar que el trabajador distribuya libremente su jornada en los horarios que mejor se adapten a sus necesidades, respetando siempre los límites máximos de la jornada diaria y semanal.

-En el caso del teletrabajo, las partes podrán acordar que el trabajador quede excluido de la limitación de jornada de trabajo de 45 horas semanales (es decir, pueden acordar trabajar más de esas 45 horas, o menos también).

6- El empleador debe pasarte equipos que puedas necesitar
“Los equipos, las herramientas y los materiales para el trabajo a distancia o para el teletrabajo, incluidos los elementos de protección personal, deberán ser entregados por el empleador al trabajador, y este último no podrá ser obligado a utilizar elementos de su propiedad. Igualmente, los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de equipos siempre deberán ser financiados por el empleador”, detalla.