La Ley 1.207 de Apoyo a las Pymes entró en vigencia durante las últimas horas y contiene nuevas medidas para ayudar a aquellos micro, pequeños y medianos empresarios afectados por la situación que vive el país.
En detalle, los beneficios son para todas las Mipymes cuya facturación en octubre o noviembre de 2019 tuvo una disminución mayor a 10% calculado respecto del promedio de su facturación declarada en los doce meses anteriores a dicho mes, o a aquellos contribuyentes que únicamente realizan operaciones donde sólo emiten boletas.
Revisa aquí si te corresponden los beneficios (clic en la imagen)
Beneficios concretos
El primer beneficio al que pueden acogerse las Mipymes que cumplan con los requisitos es la posibilidad de postergar un porcentaje del IVA de octubre, noviembre y diciembre para pagarlo en 12 cuotas y/o de solicitar una devolución anticipada del Impuesto a la Renta.
El porcentaje que se puede postergar depende de la variación en la facturación de octubre o noviembre de 2019, calculado respecto del promedio de su facturación declarada en los doce meses anteriores a dicho mes (octubre 2018 a septiembre 2019).
Considerando esta variable, los contribuyentes podrán postergar desde un 20% hasta un 75% del IVA. En el caso de quienes emiten solo boletas de ventas y servicios, podrán postergar el 50% del impuesto.
Adicionalmente, la ley entrega la posibilidad de solicitar la devolución anticipada de un porcentaje del Impuesto a la Renta, para aquellas Pymes que durante 2019 realizaron pagos Provisionales Mensuales Obligatorios (PPMO), o solicitaron devolución en los años tributarios 2018 y 2019.
El porcentaje que se puede solicitar depende también de la variación en la facturación de octubre o noviembre de 2019, respecto del promedio de su facturación declarada en los doce meses anteriores a dicho mes, y va desde un 20% a un 75%.
En el caso de los contribuyentes que solo emiten boletas de ventas y servicios, el porcentaje corresponde a un 50%.
Para quienes cumplan los requisitos y se acojan al beneficio, en un plazo máximo de 8 días hábiles, el monto anticipado estará disponible en su cuenta bancaria o para pago por caja, según se indique al momento de realizar la solicitud.