Con motivo de las complicaciones de fuerza mayor que puedan enfrentar los contribuyentes durante la actual crisis social que vive el país, el Servicio de Impuestos Internos anunció que permitirá a personas, micro, pequeñas y medianas empresas realizar su declaración de IVA hasta el 31 de octubre, sin ningún tipo de recargo.
Según informó el SII a través de una resolución, se tomó en consideración la cantidad de comunas, provincias y regiones que el Gobierno ha declarado con Estado de Excepción, pero la condonación se extenderá a todo el territorio nacional.
Por ello, se resolvió condonar “los intereses y multas por el retardo en la declaración y pago o solo en la declaración en los casos en que se ejerza el beneficio de postergación de pago” para los contribuyentes de las mencionadas categorías, “de los impuestos que debían declararse y/o pagarse por el período tributario de septiembre de 2019″, a que se refiere el artículo 64 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios”.
También se condonarán las deudas y multas “por el retardo en la declaración y pago de los impuestos del período septiembre de 2019, a que se refieren los artículos 74, 78, 84 y 91 de la Ley sobre Impuesto a la Renta”.
Estas condonaciones regirán para la Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos o Declaración, según corresponda, que se efectúen por internet a través de los formularios 29 y 50 del SII. Esto se aplicará de forma automática, hasta que termine el mes de octubre.