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El Servicio de Impuestos Internos (SII) detalló una nueva resolución que refuerza la obligatoriedad de emitir boletas electrónicas en todas las compras, sin importar el método de pago, con el fin de combatir la evasión tributaria y garantizar transparencia. A partir del 1 de mayo de 2025, los comercios deben entregar copias impresas o digitales de boletas o comprobantes de pago. Aquellos sin capacidad de impresión deberán enviar el comprobante en formato digital a partir del 1 de marzo de 2026. La medida busca igualdad de condiciones entre contribuyentes y fortalecer el cumplimiento tributario, aunque ha generado controversia, con más de 600 mil máquinas de pago sin capacidad de imprimir. Transbank S.A. recurrió a la justicia, considerando la resolución ilegal y arbitraria, argumentando pérdidas por USD 10 millones y contradicciones con la normativa vigente, mientras el SII defiende que busca fortalecer el sistema tributario.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) entregó detalles de la nueva resolución que refuerza la obligatoriedad de emitir boletas electrónicas en todas las compras, independientemente del método de pago.
La Resolución N°12, emitida en enero de este año, establece que los comercios deberán entregar una copia impresa o digital de la boleta o comprobante de pago, con el objetivo de combatir la evasión tributaria y garantizar la transparencia en las transacciones comerciales.
Patricio Muñoz, Subdirector de Asistencia del SII, explicó que la medida responde al incremento de prácticas evasivas basadas en pagos en efectivo o transferencias, que buscan evitar la emisión de boletas electrónicas y, con ello, eludir el pago del IVA.
“El objetivo es asegurar que todos los contribuyentes estén en igualdad de condiciones al desarrollar su negocio (…) Hemos detectado conductas en nuestros análisis, por lo que hoy estamos apuntando a una mayor presencia en terreno, porque los propios consumidores expresan permanentemente su preocupación por locales que no emiten boletas”, afirmó Muñoz.
Plazos
A partir del 1 de mayo de 2025, los comercios que cuenten con dispositivos de impresión deberán entregar una copia impresa de la boleta electrónica o del comprobante de pago.
Para aquellos que no dispongan de estos equipos, la obligación de enviar el comprobante en formato digital (vía correo electrónico, SMS, WhatsApp o QR) entrará en vigencia el 1 de marzo de 2026.
“Estamos dando un plazo mayor para que estos contribuyentes se adapten a la normativa”, señaló Muñoz.
Fortalecimiento al cumplimiento tributario
El Subdirector destacó que la medida busca fortalecer el cumplimiento tributario y promover una competencia justa entre los comercios.
La resolución también establece que los comercios que realicen pagos con tarjetas bancarias deberán imprimir el voucher o comprobante de pago.
Sin embargo, Muñoz aclaró que la medida no afecta a los operadores de medios de pago, sino que está dirigida exclusivamente al comercio.
600 mil máquinas POS no imprimen comprobantes
No obstante, la implementación de esta resolución ha generado controversia. Según cifras reveladas por el medio Chócale, más de 600 mil máquinas de pago (POS) no cuentan con la capacidad de imprimir comprobantes.
Además, Transbank S.A., una de las principales empresas de medios de pago en Chile, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra del Director del SII, Javier Etcheberry Celhay.
Transbank argumenta que la Resolución N°12 es “ilegal y arbitraria”, ya que vulnera garantías constitucionales como la igualdad ante la ley, la libre iniciativa económica y el derecho de propiedad.
La empresa estima que la medida le generará pérdidas por USD 10 millones, debido a la necesidad de adaptar sus sistemas y dispositivos. Además, sostiene que la resolución contradice la normativa vigente, que establece que los documentos tributarios deben emitirse en formato electrónico.
El SII, por su parte, insiste en que la medida busca fortalecer el sistema tributario y garantizar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones.