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301 trabajadores para la casa: multan a malls y strip centers por infringir feriado por elecciones

24 noviembre 2024 | 18:03

19 multas por más de 51 millones de pesos aplicó la Dirección del Trabajo (DT) este domingo durante fiscalizaciones a malls y strip centers. Como consecuencia de las inspecciones, la autoridad suspendió el turno de 301 empleados y los envió a sus domicilios.

La información fue entregada por el organismo a través de un comunicado, con cifras actualizadas hasta las 16:00 horas de este domingo. En total, la DT efectuó 254 fiscalizaciones en las 11 regiones donde esta jornada se definen a gobernadores.

Según la DT, 18 sanciones fueron por no respetar el feriado de trabajadores y una por no conceder el permiso mínimo de tres horas para votar o excusarse.

El nombre de las firmas multadas no fue dado a conocer por la DT.

“Bastante preocupante”

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, indicó que “si bien la normativa que autoriza el feriado irrenunciable para las elecciones tiene bastantes años en nuestro país, igualmente se van detectando algunos incumplimientos y son los que hoy la Dirección del Trabajo ha establecido y sancionado”.

“Es bastante preocupante, porque este derecho está muy consolidado (…) Es muy importante el rol que la DT pueda seguir cumpliendo en esta materia”, acotó.

En tanto, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, señaló que “obviamente, siempre esperaríamos no tener que infraccionar entre estas normas que son muy conocidas, que todos los trabajadores y trabajadoras puedan ejercer sus derechos. Sin embargo, desde temprano estuvimos recibiendo las denuncias con más de 80 fiscalizadores en las 11 regiones del país donde se realizaron las elecciones. Así es que en ese sentido hemos realizado nuestra labor. Esperamos, por cierto, que todos los trabajadores y trabajadoras que les tocaba laborar hoy día hayan podido ejercer su derecho a sufragio”.

Normas fiscalizadas

Durante hoy domingo fueron fiscalizadas las siguientes materias:

1.- No otorgamiento de feriado legal, obligatorio e irrenunciable a los trabajadores que prestan servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

– Multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM (*), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

2.- No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable.

– Multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

3.- No otorgamiento de permiso mínimo de 3 horas a trabajadores para sufragar. 

– Multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande. 

(*) Valor de la UTM en noviembre 2024: $66.628.